El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha inadmitido a trámite el recurso de amparo presentado por la exmiembro de ETA Iratxe Sorzabal contra la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que confirmó otra de la Audiencia Nacional (AN) por la que fue condenada a 24 años y medio de cárcel por dos explosivos colocados en el Palacio de Justicia y en una farmacia propiedad del marido de una exsecretaria de Estado de Asuntos Penitenciarios en la ciudad de Gijón el 2 de noviembre de 1996.
Tal y como confirman a Europa Press fuentes jurídicas el asunto se trató en la sesión del pasado martes. Sorzabal alegaba en su recurso que, tras ser detenida en régimen de incomunicación por parte de la Guardia Civil, fue obligada mediante torturas a declarar contra su voluntad dos veces en dependencias policiales.
Añadió que, ya en sede judicial, pero aún en periodo de incomunicación y sin poder disponer de letrado defensor de su elección, negó las declaraciones policiales y denunció las torturas.
Los magistrados de la Audiencia Nacional impusieron a Sorzabal una pena de 17 años de cárcel por un delito de estragos terroristas en grado de consumación por el atentado contra el edificio perteneciente a Justicia, que aún no estaba en funcionamiento.
La organización terrorista colocó la bomba en la puerta principal del edificio de los Juzgados, que no estaba en uso, pero iba a ser inaugurado en fechas próximas. Además de los daños ocasionados al Palacio de Justicia, se produjeron desperfectos en vehículos estacionados en las proximidades y en edificios colindantes. Los daños en la sede propiedad del Ministerio de Justicia fueron valorados en un total de 277.962,64 euros, fijándose en un total de 12.212,96 euros los ocasionados en bienes de titularidad del Ayuntamiento de Gijón.
Por el ataque contra la farmacia, el tribunal le condenó a una pena de siete años y seis meses por el mismo delito en grado de tentativa en relación, puesto que la explosión no causó daños.
Asesinato de Ramón Doral
Cabe recordar que en febrero de 2024 la AN acordó además reabrir la causa por el asesinato a manos de ETA del inspector Ramón Doral y procesó a Sorzabal por esos hechos después de que la Sala de lo Penal diera la razón a la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y después de que el juez instructor recibiera un nuevo informe ampliatorio de la Guardia Civil sobre este caso.
Doral, inspector de la Ertzaintza, fue asesinado mediante la explosión de una bomba lapa colocada en los bajos de su vehículo particular el 4 de marzo de 1996. El auto de la Sala recordaba que ETA, mediante comunicado en el diario Egin, reivindicó el atentado.
La reapertura llegó después de que la AVT impugnara el auto de abril de 2023, en el que se daba por concluido el sumario, al entender que existían "elementos indiciarios suficientes para acordar el procesamiento" de Sorzabal. Así, interesaba que se dictara auto de procesamiento y que se le citara en la Audiencia Nacional a los efectos de tomarle declaración indagatoria sobre estos hechos.
La Sala concluía que el asesinato de Ramón Doral fue realizado por el comando de ETA 'Ibarla', siendo una de sus integrantes Iratxe Sorzabal. Y añadía que ese oficio llegaba a esa conclusión gracias a la 'autocrítica' --'cantada'-- de la propia Sorzabal y de datos objetivos de corroboración.
Por esto hechos a la exjefa de ETA se le imputan indiciariamente los delitos pertenencia a banda armada, asesinato terrorista con resultado de muerte y estragos terroristas.