La defensa del violador en serie de Gipuzkoa, condenado por distintos delitos de agresión sexual a mujeres en este territorio, ha pedido al TS que aplique a su cliente la ley del "sólo sí es sí" para una eventual disminución de la condena a 12 años por la violación que cometió en Beasain en 2019.
El pasado mes de julio el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ya rebajó de 15 a 12 años de cárcel la pena que le impuso la Audiencia de Gipuzkoa por este asunto, que precisamente fue el que permitió a la Ertzaintza detenerlo y vincularlo con otros cinco casos más cometidos en Gipuzkoa en los últimos años.
La agresión sexual de Beasain tuvo lugar el 13 de julio de 2019 cuando, según la sentencia del caso, el procesado, un ciudadano de nacionalidad rumana, abordó a su víctima, también rumana y a la que el hombre conocía, en el rellano de la escalera del domicilio de la mujer, la introdujo en la vivienda y la dejó inconsciente con cloroformo.
Tras dormirla, el acusado violó a la víctima, tal y como él mismo admitió durante el juicio, al asumir el peso de las pruebas físicas que lo incriminaban.
INTERÉS CASACIONAL
En un escrito al que ha tenido acceso EFE, su defensa demanda ahora la aplicación al condenado la ley del "sólo sí es sí" como asunto de "interés casacional", dado que "no existe una doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo relativa a dicha norma de reciente creación".
Este escrito recuerda asimismo que, conforme establece el Código Penal, las leyes que favorecen al reo "tendrán efecto retroactivo", aunque al entrar en vigor ya existiera una sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena.
Ante esta solicitud, tanto la Fiscalía como la acusación particular, ejercida por la letrada de la Asociación Clara Campoamor, Cristina Ramos, han demandado al TS que no rebaje la pena impuesta al condenado.
Para ello, el Ministerio Público, argumenta que con la nueva normativa del "sólo sí es sí" los hechos hubieran sido constitutivos de un delito de agresión sexual en concurso ideal con un delito de lesiones para el que se contempla una "horquilla" de penas de entre once y quince años.
GRAVÍSIMAS SECUELAS
"Dada las circunstancias del hecho, domicilio de la víctima, aprovecharse de la circunstancia de ser el jefe del hermano de la perjudicada y conocer sus viajes, su edad y las gravísimas secuelas, sobre todo de carácter psíquico, sufridas por la chica como consecuencia de la agresión, se estima en todo caso proporcional la pena de doce años impuesta", recalca la Fiscalía, para quien "incluso apreciando criterios de proporcionalidad" con la nueva legislación la condena "podría incluso haber sido superior".
Unos argumentos con los que coincide la acusación particular, que también incide en que si al procesado se le "hubiera aplicado la nueva ley", la pena "nunca hubiera sido inferior" a la que se le impuso.
Asimismo, esta parte considera que la solicitud de la defensa no debe ser "admitida", dado que la nueva norma penal "no interfiere" y "no debe ser aplicada" en este caso, en el que además la perjudicada fue víctima de la aplicación de "cloroformo" por parte del inculpado.
Además de esta pena a doce años de cárcel por la agresión sexual de Beasain, el acusado ya ha sido condenado también a otros nueve años más por otra violación cometida en Lasarte-Oria, y se encuentra a la espera de sentencia de un tercer caso que engloba otras tres agresiones ocurridas en Andoain, Tolosa y Anoeta, dos de ellos en grado de tentativa.
Finalmente, el acusado está pendiente aún de un último procedimiento en su contra que permanece en fase de instrucción y que aún no ha sido calificado por las partes.