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En libertad provisional el detenido por causar el incendio forestal de Olloki

El juez le imputa un delito de incendio por imprudencia
Un incendio forestal en Olloki pone en alerta a la Comarca de Pamplona
Un incendio forestal en Olloki pone en alerta a la Comarca de Pamplona

El varón detenido por la Policía Foral como supuesto autor del incendio forestal de Olloki (Valle de Esteríbar) ha quedado en libertad provisional este sábado. El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Aoiz le imputa un delito de incendio por imprudencia al considerar que no existen indicios de una actuación intencionada.

En un auto, el juez admite que “aun existiendo indicios racionales de la comisión de una infracción criminal, se considera que no se dan los requisitos necesarios para poder acordar la prisión provisional del investigado”, que en su declaración policial manifestó que “estaba fumándose un cigarro cuando se le cayó de la mano, prendiendo la paja amontonada, intentando apagarlo sin éxito”.

A pesar de que en la declaración prestada este sábado en el juzgado ha modificado su versión de los hechos y ha manifestado que “solo se encontró con el fuego y que él no lo provocó”, el magistrado concluye que “no existen en este momento indicios que nos permita asegurar que la actuación fue provocada, máxime teniendo en cuenta que en la mochila del investigado se encontraron como materiales incendiarios un mechero y una cajetilla de tabaco, compatibles con la declaración inicialmente prestada, sin que se encontrara ningún tipo de material incendiario que pudiera aportar indicios de una actuación provocada”.

Un incendio forestal en Olloki pone en alerta a la Comarca de Pamplona Javier Bergasa

Es por ello que, en este momento, “en atención a la pena que en su caso podría imponerse la medida de prisión se considera desproporcionada, sin que se considere además que se cumples los fines constitucionalmente previstos para la misma puesto que se considera que, aun cuando no haya sido capaz de otorgar domicilio, se cuentan con los medios suficientes para poder asegurar su presencia en el juicio”, indica el juez.

Asimismo, destaca que “no existe la posibilidad de que el acusado pueda acceder a otros elementos de prueba, ya que se le ha requisado lo que portaba en el momento de la detención y la zona ya ha sido inspeccionada, sin perjuicio de que se estén realizando labores de inspección más minuciosas”.

Tampoco considera el magistrado que “exista, por el momento, riesgo de comisión de nuevos hechos delictivos, ya que no tiene antecedentes por delito de similar naturaleza y porque, en este momento procesal, no existen indicios de que la actuación haya sido provocada”

De esta manera, dice el juez, “procede decretar su libertad provisional sin fianza, si bien con la cautela de la obligación de comparecer siempre que fuera requerido por el órgano judicial que conozca de la causa. Ello así, a fin de garantizar la sujeción del imputado a resultas del presente proceso”.

2023-07-16T13:29:03+02:00
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