La Ertzaintza y las policías locales de Euskadi reforzarán los controles preventivos de alcohol y drogas a las personas conductoras desde este lunes, 25 de abril, hasta el día 1 de mayo, ha informado el Gobierno vasco.
Según ha recordado, la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación recogen que "someterse a dichos controles es obligatorio para todas las personas conductoras que sean requeridas por parte de la autoridad o sus agentes en un control preventivo" y, en caso de negarse, se les podría imputar un presunto delito contra la seguridad vial y una sanción de 1.000 euros.
La directora de Tráfico del Gobierno vasco, Sonia Díaz de Corcuera, ha remarcado que "es un hecho que conducir bajo los efectos de alcohol o drogas merma las capacidades y para circular es necesario poner la máxima atención en la carretera". En esta línea, con estos controles preventivos se busca evitar que "personas que hayan tomado sustancias que afectan a la conducción puedan circular por la red viaria vasca y provocar accidentes".
Según han explicado desde la Dirección de Tráfico, desde la entrada en vigor de la nueva ley, el pasado 21 de marzo, la tasa de alcohol en sangre o en aire espirado para las personas conductoras menores de edad es cero.
El control de alcoholemia comprende dos pruebas de aire espirado entre las que median, al menos, 10 minutos. Una vez aplicados los márgenes de error, si el resultado es inferior a 0,25 miligramos de alcohol por aire espirado o 0,15 para personas conductoras profesionales y aquellas con menos de dos años de antigüedad en su licencia o permiso de conducción, la persona conductora podrá seguir su ruta.
Si el resultado es superior a 0,25 (o 0,15 en conductores profesionales y con menos de dos años de antigüedad) e inferior a 0,60 miligramos de alcohol por aire espirado, incurrirá en una infracción administrativa. Si es superior a 0,60, se considerará un delito contra la seguridad vial.
En caso de que los agentes observen signos evidentes de ingesta de alcohol que afecten a la conducción, procederán a la imputación de un posible delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos del alcohol.
Si el resultado de la prueba es positivo, a petición de la persona interesada o por orden judicial, se podrá repetir a efectos de contraste, preferentemente mediante análisis de sangre (salvo causas excepcionales debidamente justificadas) realizado por personal sanitario.
En caso de negativa a realizar la prueba o de que dé positivo, se inmovilizará el vehículo, salvo que pueda llevárselo otra persona, tras realizar la prueba y dar negativo.
La infracción por resultado positivo se considera infracción administrativa muy grave y se sanciona con 500 euros y la retirada de cuatro puntos si el resultado es inferior o igual a 0,50 mg/l, y con 1.000 euros y la retirada de seis puntos si es superior a 0,50 mg/l e inferior o igual a 0,60 mg/l.
CONTROL DE DROGAS
En el caso del control de drogas el procedimiento es similar aunque "con algunas particularidades", han precisado desde Tráfico. La prueba se realiza a partir de una muestra de saliva, que se analiza en un dispositivo autorizado. Si da positivo, este se confirma en un posterior análisis en laboratorio. De confirmarse el positivo, se considera una infracción muy grave y se sanciona con 1.000 euros y la retirada de seis puntos.
Si se han tomado fármacos por prescripción médica, cuando se reciba la notificación de la denuncia de la Oficina Territorial de Tráfico con el resultado del laboratorio, se dispone de un plazo de 20 días naturales para presentar alegaciones.
Los controles de alcohol y drogas forman parte de un calendario de 46 campañas de Vigilancia y Control de Tráfico y Transporte que se han programado a lo largo de todo el año.