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Ertzaintza y policías locales refuerzan los controles de alcohol y drogas durante Semana Santa

Dar positivo en una prueba de alcoholemia se considera una infracción muy grave que conlleva sanciones de 500 a 1.000 € y la retirada de hasta 6 puntos

La Ertzaintza, en colaboración con las policías locales, refuerza los controles preventivos de alcohol y drogas a las personas conductoras del 4 de al 10 de abril, ambos incluidos, coincidiendo con la Semana Santa.

Tal y como recoge la Ley de Seguridad Vial (LSV) y el Reglamento General de Circulación (RGC), someterse a dichos controles es obligatorio para todas las personas conductoras que sean requeridas por parte de la autoridad o sus agentes en un control preventivo. En caso de negarse se les podrá imputar un presunto delito contra la seguridad vial.

Según la Directora de Tráfico del Gobierno Vasco, Sonia Díaz de Corcuera: "Estos días en los que se producen muchos desplazamientos es especialmente importante recordar que debemos conducir en pleno uso de nuestras facultades. Es un hecho que nuestra capacidad de alerta y reacción se ve mermada ante el consumo de alcohol o drogas, lo que puede derivar en accidentes graves."

Control de alcoholemia

El control de alcoholemia comprende dos pruebas de aire espirado entre las que median, al menos, 10 minutos.

Una vez aplicados los márgenes de error:

  • Si el resultado es inferior a 0,25 miligramos de alcohol por aire espirado, (0,15 para personas conductoras profesionales y aquellas con menos de 2 años de antigüedad en su licencia o permiso de conducción), la persona conductora podrá seguir su ruta.
  • Si el resultado es superior a 0,25 (ó 0,15) e inferior a 0,60 miligramos de alcohol por aire espirado, la persona conductora incurrirá en una infracción administrativa. Si es superior a 0,60, se considerará un delito contra la seguridad vial.
  • Si las y los agentes observasen signos evidentes de ingesta de alcohol que afecten a la conducción, procederán a la imputación de un posible delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos del alcohol.

Si el resultado de la prueba es positivo, a petición de la persona interesada o por orden judicial, se podrá repetir a efectos de contraste, preferentemente mediante análisis de sangre (salvo causas excepcionales debidamente justificadas) realizado por personal sanitario.

En caso de negativa a realizar la prueba o de que ésta de positivo, se inmovilizará el vehículo, salvo que pueda llevárselo otra persona, tras realizar la prueba y dar negativo.

2023-04-02T08:28:20+02:00
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