La declaración de la renta o del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es, tal y como así la describen desde BBVA, un trámite anual que tienen la obligación de realizar los residentes en España para regularizar su situación con la Agencia Tributaria. Sin embargo, no todas las personas tienen que hacerla, ya que depende de las rentas que se hayan obtenido a lo largo del año.
Dado que las infracciones tributarias conllevan multas que pueden ser importantes, conocer cuándo y en qué casos es obligatorio presentar la declaración es fundamental para evitar gastos imprevistos que puedan afectar en el futuro a nuestra salud financiera. Igual de importante es saber, en caso de que la declaración de la renta o del IRPF sea negativa o salga a devolver, el plazo con el que cuenta la Agencia Tributaria para ordenar las devoluciones de las declaraciones de la renta.
Derecho a intereses de demora
"Si tu pasada declaración del IRPF te salió 'a devolver' pero aún no te han pagado lo que te corresponde, no solo deberán abonarte tu dinero, sino pagarte los intereses de demora", así es como desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) anuncia que cada persona tiene derecho a intereses de demora en caso de que Hacienda aun no le haya pagado lo que le corresponde.
Según apuntan desde este organismo, "la Agencia Tributaria había realizado, a 30 de diciembre del año pasado, el 97,4% de las devoluciones correspondientes a la Campaña de la Renta 2023: esto significa casi quince millones y medio de declarantes han recibido ya su devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Pero si tú perteneces al 2,6% restante, es decir, te salió la declaración 'a devolver" pero aún no has visto tu dinero, no solo tendrán que abonártelo, sino que deberán pagar intereses de demora: sea mucho o poco, es tu dinero, y te corresponde recibirlo".
¿Qué hacer en caso de que la Agencia Tributaria no te haya devuelto el IRPF?
Según explican desde la OCU, la Agencia Estatal de Administración Tributaria tenía seis meses de plazo para ordenar las devoluciones de las declaraciones de la renta de 2023 a favor de los contribuyentes: es decir, debería hacerlo antes del 2 de enero de 2025, porque la campaña finalizó el pasado 1 de julio.
"Si una vez pasado el plazo establecido todavía no te han devuelto el dinero (y el retraso no es por causas imputables al contribuyente), tienes derecho a que Hacienda te pague los intereses de demora desde el 2 de enero hasta la fecha en que se ordene la devolución", argumentan desde la OCU. "No necesitas reclamarlo: deberán incrementar automáticamente lo que deben con el importe del interés de demora, que para 2025 sigue siendo del 4,0625%, hasta que la próxima Ley de Presupuestos Generales del Estado lo modifique", añaden los expertos.
- Consultar el estado de tu declaración en la web de la Agencia Tributaria.
- Comprobar que Hacienda no te ha hecho una paralela ni existe ninguna deuda pendiente con la Administración.
- "Si no hay motivo para que no te hayan devuelto, solicita de nuevo la devolución a la que tienes derecho"
- Una vez que Hacienda ha devuelto el dinero, la persona en cuestión recibirá una notificación de este organismo con los intereses que correspondan.