La velocidad máxima que se puede alcanzar para los conductores generales en las carreteras españolas, concretamente en autovías y autopistas, es de 120 kilómetros por hora (en Francia, por ejemplo, es de 130, y algunos países europeos se plantean subirla a 150). De hecho ya quedó suprimida aquella norma que permitía rebasar esa velocidad en el caso de estar realizando un adelantamiento, para poder completarlo antes.
Por mucho que las carreteras y los coches hayan mejorado sus sistemas de seguridad, ese límite no se puede rebasar por mucho que tengamos un superdeportivo si no queremos correr el riesgo de ser multados por exceso de velocidad (la sanción más común en España), de perder puntos del carné e incluso de cometer un delito contra la seguridad vial dependiendo de por cuánto superemos el límite máximo permitido en una vía.
Emergencias, guardaespaldas y escoltas
Pero esa velocidad tope de 120 kilómetros por hora presenta unas excepciones: hay ciertos vehículos que pueden alcanzar los 150 km/h sin ser multados por la Dirección General de Tráfico (DGT).
En primer lugar se encuentran los servicios de emergencia, categoría que engloba a los diferentes cuerpos de la Policía, la Guardia Civil o los servicios de urgencia y rescate, ya que su actividad y las situaciones a las que se enfrentan les obligan en ocasiones a ir a más velocidad para auxiliar o trasladar a un herido o perseguir a un delincuente.
A ellos se suman los vehículos que trasladan guardaespaldas o escoltas oficiales y que viajan en forma de convoy (es decir, cuando son dos o más vehículos que deben viajar juntos).
Coches con la etiqueta V12
Por último, pueden alcanzar los 150 kilómetros por hora los coches y otros vehículos que estén identificados con la etiqueta V12 que otorga la DGT. Una placa con la que, previa solicitud de su fabricante, se etiqueta a coches que están realizando pruebas o son parte de una investigación y que deben detallar de manera explícita las personas concretas que van a conducirlo. Una vez que consiguen la autorización, deben llevar placas o matrículas con las siglas FV, para indicar que son vehículos de prueba.
Asimismo, para que estos vehículos puedan circular, es necesario que la carretera permanezca cortada para el resto de la circulación y esté señalizada también con la señal V12. Estos vehículos deberán circular dentro del itinerario delimitado por la placa V12. Es decir, no están autorizados para circular por tramos de autopistas o carreteras con límites claramente señalizados o donde puedan poner en riesgo la vida de otros conductores.