Política

Fin al consentimiento parental en el aborto para las menores de 16 y 17

El Congreso aprueba la reforma de la norma de interrupción voluntaria del embarazo
La ministra de Igualdad, ayer en los pasillos del Congreso. | FOTO: EFE

El Pleno del Congreso dio ayer luz verde a la reforma de la ley del aborto, que garantiza esta prestación en hospitales públicos, y elimina la obligatoriedad del consentimiento paterno para las menores de 16 y 17 años, con lo que el texto continuará su tramitación parlamentaria en el Senado.

Con la aprobación del proyecto de ley impulsado por el Ministerio de Igualdad, que contó con 190 votos a favor, 154 en contra, entre ellos PP, Vox y Ciudadanos, y cinco abstenciones; se da, en palabras de la ministra Irene Montero, “un paso muy importante” para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en España.

“Las leyes feministas siempre tienen muchas madres”, enfatizó la ministra, quien ensalzó el feminismo como “el principal impulso democratizador” de la sociedad en “este momento difícil para la democracia” y “en un contexto de ofensiva reaccionaria”.

La ministra destacó que la reforma garantiza que las mujeres puedan abortar en el hospital público más cercano a su domicilio, recupera el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo para las chicas de 16 y 17 años sin necesidad de tener el permiso paterno, facilita el acceso a los anticonceptivos de última generación y procura educación afectivo sexual en las escuelas.

No habrá días de reflexión

Asimismo, elimina el periodo de tres días de reflexión obligatorios antes de someterse a un aborto, así como la práctica habitual de entregar un sobre con la información sobre los recursos a los que puede acudir la mujer que va a abortar y que incluye prestaciones y ayudas a la maternidad.

Regula también la objeción de conciencia y contempla bajas temporales de preparto en la semana 39 y bajas por menstruación incapacitante, además, blinda los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, e impide a los médicos objetores participar en los comités clínicos que deciden sobre los abortos a partir de las 22 semanas.

Estos comités no tendrán la última palabra en la interrupción del embarazo a partir de la semana 22, sino que la paciente podrá “recurrir en vía jurisdiccional” su decisión en caso de no estar de acuerdo.

Además, contempla que se garantice la no discriminación de los sanitarios no objetores, “evitando que se vean relegados en exclusiva” a la práctica de abortos, ni la de los que lo son.

En caso de discrepancia entre una menor de 16 años y quien deba autorizar que esta se someta a un aborto, el conflicto se resolverá por la autoridad judicial con “carácter urgente” y las instituciones públicas no apoyarán a las asociaciones provida.

17/12/2022