El Gobierno español ha aprobado este martes eliminar como causa automática de extinción de la relación laboral el reconocimiento de la incapacidad permanente de la persona trabajadora, que podrá solicitar a la empresa una adaptación o un cambio de puesto.
Según ha explicado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros se modifica el artículo 49.1. del Estatuto de los Trabajadores para eliminar esa referencia a la extinción automática.
La posibilidad de extinguir el contrato, explica Trabajo, se condiciona a la voluntad de la persona trabajadora, que podrá solicitar una adaptación del puesto de trabajo o el cambio a otro vacante y disponible, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.
El texto aprobado establece los criterios que permiten determinar cuándo los ajustes necesarios constituirían un coste excesivo para la empresa y también si son razonables para el tamaño de la empresa.
Cambios en los nombres de las prestaciones por invalidez
Junto a esto, el Consejo de Ministros ha aprobado también un anteproyecto de ley que incluye el cambio en la denominación de las prestaciones hasta ahora conocidas por "gran invalidez" e "invalidez no contributivas", que pasan a ser "complemento de asistencia de tercera persona" y de "incapacidad no contributiva".
El objetivo, destaca el Ministerio de Inclusión en una nota, es fomentar un lenguaje más respetuoso e inclusivo hacia las personas perceptoras de estas pensiones de la Seguridad Social.
El texto también incluye una disposición adicional única en la que el Gobierno, en el plazo de 6 meses y en el marco del diálogo social, presentará una propuesta de modificación de la normativa en materia de Seguridad Social sobre incapacidad permanente y su compatibilidad con el trabajo.