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Gobierno y sindicatos tratan de acordar los cambios en la jubilación parcial

Esta fórmula es una de las que se quiere promover en un panorama de alta exigencia para el sistema de pensiones
El Fondo de Reserva de la Seguridad Social acumulaba a la conclusión del mes de mayo 7.022 millones de euros, su nivel más alto desde 2018 . Foto: E.P. / EP

Las reformas en el sistema público de pensiones, una de las negociaciones más laboriosas en el diálogo social, no acabaron con los cambios introducidos en 2021 y 2023 para su actualización con el IPC y la elección de los períodos de cómputo, respectivamente. Gobierno y sindicatos negocian de forma contrarreloj para tener listo antes de fin de mes -fecha que ambas partes se habían marcado como límite- las modificaciones relativas a, entre otros aspectos, la jubilación parcial ordinaria y la de contrato con relevo. 

La negociación entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y los sindicatos UGT y CC OO lleva meses, pero los desacuerdos persisten, y para este lunes está prevista otra reunión con el objetivo de acercar posturas que desemboquen en un pacto. Pero no parece fácil. La propuesta del Ministerio es ampliar de 2 a 3 los años de posibilidad de anticipo para acceder a la jubilación parcial general, con algunos condicionantes “que contribuyan al mantenimiento del equilibrio del sistema”, según el Departamento que dirige Elma Saiz.

Condicionantes que los sindicatos rechazan, ya que consideran que supondrá elevar un período de cotización de 33 a 35 años. Eso sería aplicable a la jubilación parcial con contrato de relevo –con especial incidencia en la industria manufacturera–, mientras que para la jubilación parcial general ese tramo mínimo de cotización se elevaría hasta los 38 años y medio. Se trata de condiciones desveladas por los sindicatos, pero que no han confirmadas ni desmentidas por el departamento que encabeza la navarra Elma Saiz. Lo que sí se ha transmitido desde el Ministerio es, según informó esta semana la agencia Europa Press, que la propuesta del Ejecutivo sobre la regulación de la jubilación parcial consiste en prorrogar la regulación especial para los trabajadores de la industria manufacturera con ciertos elementos de convergencia hacia el planteamiento de la jubilación parcial ordinaria. Esto supondría realizar una serie de ajustes para mejorar las condiciones de trabajo del relevista, diseñando una regulación más equilibrada y flexible para la empresa en cuanto a la organización de la jornada del relevista y del pensionista.

RETOS PARA EL SISTEMA

En medio de un panorama marcado por el envejecimiento, el Consejo Económico y Social vasco advertía esta semana del saldo negativo, tanto demográfico como migratorio, que presenta Euskadi, ya que la llegada de población inmigrante no compensa la pérdida de población en edad de trabajar “por arriba, entre quienes se jubilan, y por abajo, entre los jóvenes”.

Este problema se extiende a todas las regiones y países del entorno europeo, lo que está provocando que se multipliquen las fórmulas propuestas para la sostenibilidad de los sistemas públicos de pensiones. A grandes rasgos, la jubilación parcial permite compatibilizar el cobro de la pensión con el trabajo asalariado, y está concebida para trabajadores en activo que quieran ir reduciendo su jornada pero retrasen al mismo tiempo su edad de jubilación.

Dentro de la jubilación parcial existen dos modalidades, dependiendo de si incluyen - o no- un contrato de relevo pensado para el trabajador que reemplazará de forma progresiva al que se retira del mercado laboral. Tras la reforma de 2013, la edad de inicio de la jubilación parcial con contrato de relevo se ha ido retrasando de manera gradual desde los 61 años hasta alcanzar los 65 años en 2027. En general, la reducción de jornada está comprendida entre un 25% y un 50% del tiempo de trabajo, pudiendo alcanzar el 75% si el contrato de relevo es a jornada completa y por tiempo indefinido.

Asegurar las bases del sistema de pensiones está representando un intrincado dilema para los gobiernos, tanto de un signo político de como de otro. En este sentido, el Fondo de Reserva de la Seguridad, la conocida como ‘hucha de las pensiones’, ha incrementado sus recursos, a cierre del mes de mayo, hasta los 7.022 millones de euros, su nivel más alto desde 2018.

INGRESOS

Se trata de casi 1.500 millones más de los que había a la conclusión de 2023. En cualquier caso, muy lejos de los 66.800 millones de euros que había a la conclusión de 2011, su máximo histórico desde que comenzó a funcionar a principios de este siglo. Además, la subida tiene truco, puesto que el incremento no proviene de los excedentes de las cotizaciones a la Seguridad Social, sino de los ingresos derivados del MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional), una cotización adicional que se creó en 2023 para fortalecer el sistema de pensiones. Lo pagan tanto los trabajadores como las empresas. En 2023 ese porcentaje se estableció en el 0,6% de la nómina mensual, y este año ha subido al 0,7%, aunque de este porcentaje al trabajador le corresponde pagar el 0,12% y a su empresa el 0,58%. La previsión es que el MEI alcance el 1,2% en el año 2029. Además, están creciendo los créditos del Tesoro a la Seguridad Social, una opción que algunos expertos ven inquietante porque supone recurrir a deuda, pero que el Ejecutivo quiere que se destine a financiar, sobre todo, las prestaciones no contributivas y los denominados costes impropios, como políticas asistenciales.

MODALIDADES DE JUBILACIÓN

Flexible

A tiempo parcial. La jubilación flexible es una modalidad de jubilación que hace posible cobrar una parte de la pensión y trabajar al mismo tiempo, siempre que no se trabaje a jornada completa. La jubilación flexible es la derivada de la posibilidad de compatibilizar la pensión de jubilación con un contrato a tiempo parcial con la consecuente minoración de la cuantía de la pensión.

Activa

Requisitos. La jubilación activa permite al pensionista seguir trabajando en su empleo y recibir ingresos laborales o profesionales ilimitados. No obstante, existen algunos requisitos como, entre otros, haber alcanzado la edad de jubilación necesaria y haber cotizado lo suficiente como para percibir una pensión del 100% de la base reguladora

Parcial

Reducir jornada. La jubilación parcial es la tercera modalidad que permite compatibilizar el cobro de la pensión con el trabajo por cuenta ajena. Es una fórmula concebida para trabajadores en activo que quieran ir reduciendo su jornada antes de pasar a una jubilación completa. Contiene dos modalidades: sin contrato de relevo y con contrato de relevo. Los trabajadores autónomos no pueden acceder a la jubilación flexible, pero sí a las otras dos modalidades.

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22/07/2024