El Supremo ha rechazado un recurso de Iberdrola contra una sentencia que condena a la eléctrica a abonar a Petronor 17,8 millones de euros por un corte de unos 12 minutos en el suministro a la refinería de Muskiz.
En un auto fechado el pasado 19 de enero, la sala de lo civil avala una sentencia de mayo de 2019 de la Audiencia Provincial de Bizkaia, que condenaba a Iberdrola a resarcir a Petronor por los daños y perjuicios sufridos a consecuencia del corte de suministro producido el día 29 de julio de 2016 en una refinería.
En primera instancia se achacó el fallo a la actuación negligente del personal que ejecutaba la instalación de un sistema de protección integral y control en la subestación de Ortuella, por lo que Iberdrola fue condenada a compensar a Petronor con 17.884.696,68 euros más el interés legal correspondiente y las costas.
Iberdrola alega que Petronor pudo haber atendido los pedidos con el stock
Iberdrola se defendió alegando indefensión al verse privada de un medio de prueba que pudiera desvirtuar el cálculo del lucro cesante, tales como que la pérdida de producción derivada del corte en el suministro conllevase de forma automática una pérdida de ventas ya que Petronor podía haber atendido los pedidos con productos de stock. Y una vez reanudada la actividad normal, recuperar lo dejado de producir o vender como había hecho en ocasiones anteriores.
Además, replicaba que la responsabilidad que se le atribuye "queda fuera de su función y ámbito de control, ya que el comercializador no es propietario de las redes e instalaciones de distribución eléctrica sino que corresponden al distribuidor que las opera y mantiene".
El Supremo, sin embargo, considera "congruente" la pretensión de Petronor, por la interrupción de unos 12 minutos en el suministro eléctrico.
"Consta acreditada la conducta negligente de Iberdrola que ocasionó la interrupción del suministro eléctrico durante unos 12 minutos, lo que provocó la parada total de la refinería y fue determinante de los daños y perjuicios", añade el Supremo.