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Juana Rivas pide amparo al Tribunal Constitucional en su querella contra el juez Piñar

El magistrado condenó a Rivas por la sustracción de sus dos hijos menores en el verano de 2017
Juana Rivas, en el juicio donde fue condenada por “la sustracción de sus hijos”.

Juana Rivas ha presentado un recurso de amparo ante el Constitucional frente a las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que no admitieron a trámite la querella que formalizó por supuesta prevaricación contra el juez Manuel Piñar, que la había condenado por la sustracción de sus dos hijos menores.

Uno de los abogados, en un comunicado remitido a Efe, ha considerado que “son muchos” los “indicios incriminatorios” aportados en la querella contra el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada que no fueron atendidos por el alto tribunal.

Según explicó ayer lunes el letrado, al no existir en el procedimiento contra jueces, magistrados y fiscales una doble instancia penal, a dicho tribunal se le debe de exigir un “especial y mayor rigor” en la valoración de todos los elementos concurrentes.

“Consideramos que se produce una colisión total con el Convenio Europeo de Derechos Humanos, concretamente con el derecho a un recurso efectivo (...) y el derecho a un proceso equitativo, al igual que el derecho a un doble grado de jurisdicción en materia penal”, señaló.

En este sentido, entiende que existe “fundamento suficiente” para interponer un recurso de amparo y continuar con la interposición de una demanda de vulneración de derechos fundamentales en órganos judiciales de carácter supranacional.

El recurso ante el Constitucional responde, por tanto, a la que considera “grave vulneración de derechos constitucionales” de la que habría sido objeto Juana Rivas, precisó el letrado, quien confía en que el sistema jurídico, nacional o internacional, restablezca los que cree “derechos fundamentales lesionados”.

Esta petición de amparo se produce después de que el TSJA desestimara el recurso de súplica que otro abogado de Rivas, Carlos Aránguez, presentó contra la inadmisión por parte de ese mismo tribunal de la querella que formalizó por supuesta prevaricación contra el juez Manuel Piñar.

Aránguez atribuyó al juez animadversión hacia su representada por “razones personales”, aunque el TSJA sostuvo en un auto, que la “imputación de motivaciones ideológicas a una resolución” no puede abrir “la puerta de la prevaricación, si la ideología no suplanta a la aplicación de la ley”. La Sala Civil y Penal del TSJA ya había considerado en una decisión anterior que no existían indicios de la comisión de ninguno de los delitos de prevaricación judicial y contra la integridad moral que Rivas atribuía al juez Piñar, por lo que inadmitió la querella, tal y como había solicitado la Fiscalía, aunque entendía asimismo que no debía ser multada de forma coercitiva con 5.000 euros, como sí había pedido el Ministerio Público por supuesto abuso de derecho.

13/12/2022