El juez de la Audiencia Nacional (AN) José Luis Calama ha desestimado la querella interpuesta por el Real Madrid contra LaLiga y su presidente, Javier Tebas, por presuntos delitos societarios en relación con los criterios de reparto de los ingresos obtenidos por la comercialización y explotación de los derechos audiovisuales de los partidos de fútbol.
En un auto, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4 analiza los hechos descritos en la querella, concluye que no tienen encaje en el Código Penal y descarta los delitos de administración desleal, apropiación indebida, corrupción en los negocios y delito de imposición de acuerdos abusivos que vienen incluidos en el escrito del club blanco.
Cabe destacar que la querella se interpuso contra el acuerdo aprobado a finales de julio por el órgano de Control de los Derechos Audiovisuales que fue ratificado el 4 de agosto por la Junta de Primera División de la Liga de Fútbol Profesional. El mismo fijaba los criterios de reparto de los ingresos obtenidos por la explotación y comercialización audiovisual relativos a implantación social.
Según el Real Madrid, dichos acuerdos tenían una naturaleza defraudatoria por cuanto constituían una disposición arbitraria de los citados derechos, "específicamente orientada a perjudicar económicamente" al club madridista.
Ello estaría motivado, según la querella, por la enemistad que desde mediados de 2021 "viene mostrando contra este club el presidente de LaLiga Javier Tebas Medrano" por su oposición al proyecto 'La Liga Impulso' y la iniciativa de crear la Superliga.
NO ES "ABUSIVO EN TÉRMINOS PENALES"
El juez recuerda que el acuerdo recurrido se adoptó por una mayoría significativa y que el hecho de que el reparto acordado no se ajuste a las legítimas expectativas de la parte querellante "no significa que sea abusivo en términos penales".
Y es que, añade el magistrado, "las discrepancias entre posiciones minoritarias y mayoritarias no solamente es un supuesto harto frecuente en la práctica, si no que ese juego de las mayorías no puede indefectiblemente asimilarse a las nociones de abuso, de lucro, de perjuicio y de ausencia de beneficio social (que es lo que requiere el tipo de injusto) so pena de dar entrada en el ámbito punitivo cualquier acuerdo que para la minoría resultase una contrariedad".
El juez Calama añade que el acuerdo alcanzado solo obtuvo un voto en contra y que si bien la querellante es uno de los grandes clubes de LaLiga no es el único de tales características, por lo que resulta difícil entender, dice, que perjudique al Real Madrid pero no perjudique al mismo tiempo a otros equipos de igual entidad y, por ende, con iguales intereses, que no votaron en contra.
El auto inadmite la querella, pero agrega que el ordenamiento jurídico contiene un abundante cuerpo normativo extrapenal que regula la vida y funcionamiento de las sociedades mercantiles y que dentro de la vía civil y administrativa existen mecanismos de control y reparación de los posibles daños que pudieran derivarse de un incorrecto y abusivo comportamiento de los órganos de estas sociedades.
"Nos encontramos ante unas tensas relaciones entre los distintos titulares y beneficiarios de los millonarios derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional, que en la última temporada ascendieron a 1.837.445.000 euros, a resolver en el ámbito de la jurisdicción civil o contencioso-administrativo", concluye el magistrado.