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La clave del ADN para dar con el doble violador de Cordovilla y Rochapea

El Supremo acaba de confirmar una pena de 15 años de prisión a un vecino de Pamplona de 57 años por una doble agresión sexual en una misma noche cometida en 2015 y por la que se le arrestó 6 años después
Fachada principal del Palacio de Justicia de Navarra.
Fachada principal del Palacio de Justicia de Navarra.

No había ni una pista fiable. Aquella joven de 21 años apenas podía aportar una descripción genérica del violador que, con la excusa de acercarla desde una discoteca del barrio de San Juan de Pamplona al centro de la ciudad, se la llevó en el coche y le hizo pasar la peor noche de su vida. Fue el 8 de marzo de 2015. La amenazó de muerte, la golpeó y la violó en dos ocasiones dentro del vehículo, en un descampado en Cordovilla y junto a una nave abandonada en la Rochapea. La víctima no le conocía de nada. Y durante seis años el asunto estuvo policialmente muerto y la joven siguió con el calvario, como recuerda la sentencia, de encerrarse en una burbuja para y castigándose a sí misma por haberse subido a ese coche “como si la deleznable conducta del acusado fuera su responsabilidad, cosa evidentemente incierta”, explica el tribunal.

Pese a aquel caso atroz, el autor, V.I.D., un ciudadano rumano y vecino de Pamplona que ahora tiene 57 años, seguía con su vida normal. Tal fue así que su agresividad sexual le llevó a caer en las redes de la Policía. El tipo no estaba fichado en las bases de datos policiales hasta que en 2019 empezó otra investigación en la que se pudo poner cerco. Fue tras las denuncias presentadas por una joven y una mujer también por actos de naturaleza sexual.

Las dos denuncias que le descubrieron

En un caso fue una menor quien relató los comentarios obscenos y ofertas incitantes a la prostitución que le había hecho un hombre, del que aportó la descripción física. Los investigadores conectaron esta denuncia con otra investigación, a raíz de que una mujer denunciara que un individuo le había realizado gestos obscenos en la cristalera del portal de su casa. Para vincular los dos episodios, los agentes tuvieron en cuenta las descripciones físicas realizadas por las denunciantes, la cercanía en el tiempo y en el espacio entre ambos hechos, y la naturaleza sexual de los mismos. Días después, la misma mujer advirtió de nuevo la presencia del hombre por los alrededores de su domicilio. Fue entonces cuando se recogieron muestras de ADN que fueron remitidas a la comisaría general de la Policía Científica. Y merced a esos análisis se descubrió la coincidencia positiva con el perfil genético del autor de la agresión sexual cometida en 2015. Habían transcurrido seis años puesto que se le detuvo e ingresó en prisión provisional en mayo de 2021.

Ahora, el Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 15 años de prisión que ya se le había impuesto en Navarra por la doble violación en la misma noche. El Alto Tribunal desestima el recurso del procesado y entiende que las pruebas de ADN, la declaración de la joven, del vigilante de seguridad que la atendió nada más ser abandonada en la Rochapea y de la investigación policial acreditan de manera notable la autoría del acusado.

Una noche horrible

Los hechos delictivos imputados tienen su origen en la madrugada del 8 de marzo de 2015 a la salida de una discoteca situada en la Travesía Monasterio de Belate de Pamplona. La víctima, según recoge la sentencia, se acercó al vehículo en el que estaba el inculpado con otro acompañante sin identificar y les preguntó si podían llevarla al centro de la ciudad.

Tras circular los tres hacia el centro, en un momento dado el hombre no identificado se bajó del vehículo. La joven entonces pasó al asiento del copiloto por indicación del encausado. Éste hizo caso omiso a las indicaciones y condujo el vehículo hacia una zona próxima a La Morea, en Cordovilla, en donde se adentró en un camino de tierra paralelo a la autopista AP-15.

Allí, aprovechando que el conductor redujo la velocidad, la mujer se bajó del coche y salió corriendo. El procesado la persiguió, la alcanzó y volvió a introducirla en el vehículo. La llevó hasta un túnel que cruza debajo de la autopista en donde perpetró la violación. Mientras sucedía la agresión sexual, la víctima, "asustada y temiendo incluso por su vida, se resistió", gritó y pidió al agresor que parara, recoge la sentencia.

A continuación, tras quitarle el móvil, el inculpado reanudó la marcha. Se dirigió con el coche hasta una nave abandonada en el barrio pamplonés de la Rochapea, situada en la carretera de Artica, en cuyo interior cometió la segunda violación.

Finalmente, el encausado le devolvió el móvil, que estaba sin batería, y la abandonó en las inmediaciones del Club Natación. Nada más bajar del coche, la víctima pidió ayuda a un viandante, quien inmediatamente avisó a la policía.

Lesiones corroboradas por los médicos forenses

En la sentencia que dictó la Audiencia navarra, los magistrados consideran que los hechos probados son constitutivos de dos delitos de agresión sexual, puesto que las violaciones fueron llevadas a cabo "en dos momentos temporalmente diferenciados", por lo que descartan la existencia de una continuidad delictiva.

En su descargo, el acusado primero manifestó que no recordaba nada y, posteriormente, alegó que mantuvo "una relación sexual consentida con esa mujer". Negó haber agredido sexualmente a nadie en España.

En cuanto a la valoración de la prueba, la Sección Segunda de la Audiencia resaltó el testimonio de la joven, quien declaró "con contundencia, seguridad, firmeza y persistencia".

Destacaron los jueces además que la víctima interpuso denuncia sin ni tan siquiera poder identificar al autor, al que no conocía de nada, y que fue finalmente identificado por el ADN. "Contamos en este caso con una declaración mantenida en el tiempo, que se ve apoyada por los partes médicos, la testifical del testigo presencial y la de los agentes actuantes, pruebas de corroboración periférica que dan apoyo a dicha versión", subrayan los magistrados.

En este sentido, añaden, lo declarado por la mujer viene rodeado de corroboraciones periféricas, como la pericial médica forense y la pericial de ADN. "Así, resulta relevante que la perjudicada, nada más producirse los hechos, pidió a un viandante que le ayudara diciéndole que le habían violado, lo que reprodujo a los primeros agentes de seguridad ciudadana que acudieron al lugar tras la llamada del testigo", apuntan los jueces.

En cuanto a la prueba pericial forense, el informe recogió la existencia de "lesiones compatibles" con el hecho de haber sido agarrada con violencia por la cara con el objetivo de taparle la boca e impedir que solicitara auxilio.

Sin el tercer grado penitenciario hasta la mitad de la condena

También rechazan los magistrados la existencia de una anomalía o alteración psíquica "al no existir parte médico alguno que la acredite". Y, de igual forma, no aprecian la atenuante de dilaciones indebidas, ya que la causa, que estaba sobreseída provisionalmente desde el 10 de octubre de 2015, se reabrió el 10 de mayo de 2021, que "es la fecha a tener en consideración para las dilaciones indebidas", por lo que, según la Audiencia, resulta "evidente que las mismas no se han producido".

En cuanto a las penas impuestas, los magistrados imponen 8 años por la primera violación y 7 por la segunda. La diferencia de un año estriba en que en la primera agresión sexual el encausado llevó a cabo dos accesos carnales. Además, le impone una multa de 480 euros por un delito leve de lesiones, así como otra indemnización de 157,15 €.

Por la gravedad de los hechos y "la nula conciencia de haber cometido hecho ilícito alguno por parte del procesado, que incluso en la última palabra justificó sus acciones haciendo referencia a una previa conducta disipada de la joven", se ordena que la clasificación del condenado en el tercer grado no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta

2022-10-27T08:57:04+02:00
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