La Fiscalía ha presentado un recurso contra la sentencia que condenó a internamiento psiquiátrico al acosador de la artista Paula Bonet, al considerar que no se le debe aplicar ninguna atenuante ni eximente porque no está acreditado que sufra el trastorno mental que alegó su defensa.
En su recurso ante la Audiencia de Barcelona, que ha avanzado "ElDiario.es", el ministerio público alega que en la sentencia que condenó al acosador no está suficientemente acreditado que sufra una atenuante o eximente por "trastorno erótico-maníaco" ni la "efectiva extensión" de esa eventual alteración mental.
El juzgado de lo penal número 10 de Barcelona condenó a 18 meses de internamiento a Víctor G.T. por coacciones y a un año y nueve meses por amenazas, al reconocer que sufría el trastorno que su defensa trató de demostrar aportando informes periciales propios.
Asimismo, le impuso un año de libertad vigilada con la obligación de someterse a tratamiento externo en un centro adecuado al trastorno que padece.
La jueza dio por probado que Víctor G. T. sufría un trastorno "patológico" que "condicionaba por completo su voluntad", y que aunque no tiene "cura" puede ser controlado con "tratamiento y medicación", argumento del que discrepa la Fiscalía, que en su recurso aduce un "error" en la valoración de la prueba en el juicio.
Mantenía las "facultades conservadas"
La defensa del procesado, que pedía su absolución, presentó un informe pericial para demostrar que el joven sufría este trastorno "erótico-maníaco".
Por el contrario, la forense del caso mantuvo en el juicio que el procesado no presentaba "una clínica compatible con proceso psicótico activo" cuando se le valoró y que mantenía "las facultades conservadas", dictamen que la jueza no consideró incompatible con los informes periciales de parte.
La sentencia da por probado el acoso a que el procesado sometió durante tres años a Paula Bonet, desde julio de 2019, presentándose repetidamente a las puertas del taller de Barcelona en que trabajaba y persiguiéndola en presentaciones y actos públicos.
La juez reconoció también la afectación tanto emocional como laboral que ha sufrido la víctima "como consecuencia de la presión ejercida con la continua presencia de Víctor G. T.", lo que la obligó incluso a anular su presencia en eventos públicos.