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La Inspección de Trabajo detecta 10.300 contrataciones a tiempo parcial fraudulentas en Euskadi

Las irregularidades han sido detectadas a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude
El departamento de Trabajo y Empleo envía cartas a las empresas que mantienen contratos a tiempo parcial que pudieran incumplir la normativa laboral para que regularicen la situación..
El departamento de Trabajo y Empleo envía cartas a las empresas que mantienen contratos a tiempo parcial que pudieran incumplir la normativa laboral para que regularicen la situación.. / EP

La Inspección de Trabajo de Euskadi ha detectado posibles irregularidades en 10.331 contrataciones a tiempo parcial en lo que va de año, por lo que ha enviado 5.310 comunicaciones a empresas vascas para informar de indicios de fraude.

Por territorios, 869 empresas son alavesas (1.782 contratos), 2.833 vizcaínas (5.956 contratos) y 1.608 guipuzcoanas (2.593 contratos), lo que supone el 9,3 % del total de empresas de Euskadi con personal dado de alta.

Las irregularidades han sido detectadas a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude en la que colaboran las inspecciones de trabajo del Estado y Euskadi, ha informado este martes el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo del Gobierno vasco.

Cartas de advertencia

Gracias a este instrumento se envían cartas a las empresas que mantienen contratos a tiempo parcial que pudieran incumplir la normativa laboral. En ellas les advierte que, en el caso de que los coeficientes de parcialidad declarados a la Tesorería General de la Seguridad Social no se ajusten a la realidad, deben comunicar las variaciones de datos conforme a la jornada de trabajo efectivamente realizada desde la fecha en que se haya constatado el desajuste entre la jornada declarada y la efectivamente realizada.

Igualmente, se les informa de que deberán ingresar las liquidaciones complementarias a la Seguridad Social por las diferencias de cotización que resulten del periodo de tiempo en que se hayan producido dichos desajustes.

En el caso de que no se produzca la regularización de jornada y cotización, se informa a las empresas de que serán objeto de revisión y en su caso de la correspondiente actuación inspectora por la respectiva Inspección Territorial de Trabajo.

2024-11-20T11:47:17+01:00
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