Política

La jueza del Supremo procesa a Baltar por conducir a 215 kilómetros por hora

El senador del PP está acusado de un delito contra la seguridad por circular a dicha velocidad en un tramo limitado a 120 kilómetros
El senador del PP José Manuel Baltar.
El senador del PP José Manuel Baltar. / EFE

La magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha procesado al senador del PP José Manuel Baltar Blanco por un presunto delito contra la seguridad vial por conducir a 215 kilómetros en un tramo limitado a 120 km en la A-52 sentido Benavente (Zamora).

En su auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, la magistrada da traslado al Ministerio Fiscal para que, en el plazo de diez días, solicite la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento.

Ferrer sostiene que lo actuado hasta el momento permite afirmar que el 23 de abril de 2023, Baltar conducía por la A-52, cuando al alcanzar el punto kilométrico 66,900, dentro del término municipal de Asturianos (Zamora), el aparato de medición allí instalado detectó que circulaba a 215 kilómetros por hora, en un tramo de velocidad limitada a 120. Ese mismo día fue sancionado administrativamente.

Señala que aplicado el margen de error del 5% que establece la normativa sobre los controles, el resultado es de 204 Km/h, por lo que la magistrada entiende que los hechos revisten caracteres de un delito contra la seguridad vial.

Conductas "arriesgadas para la seguridad"

Al respecto, señala: "La simple lectura de los hechos que hemos delimitado como punibles, justifica sin necesidad de otras argumentaciones su encaje en la tipicidad reseñada, como una de las conductas que el legislador ha considerado merecedoras de reproche penal en cuanto estadísticamente más arriesgadas para la seguridad".

"Ello en la lógica de que incrementa inadmisiblemente el riesgo de daños personales y materiales, quien conduce a una velocidad superior a los límites previstos", concluye la instructora.

En su declaración ante la magistrada, el también expresidente de la Diputación de Ourense rechazó haber cometido un delito contra la seguridad vial, puesto que sostiene que nunca rebasó los 200 km/h, el mínimo para que sea considerado delito.

2024-06-21T13:30:03+02:00
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