El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que España no veló por que no se superase de forma "sistemática y continuada" la calidad del aire en Madrid, Barcelona, el Vallès Oriental y Occidental y Baix-Llobregat en años que oscilan entre 2010 y 2018.
El hecho de superar los valores límite fijados por la normativa europea para los contaminantes en el aire ambiente "basta por sí solo para poder declarar el incumplimiento de la obligación de velar por que no se superen", subrayó el TJUE en su sentencia.
La Comisión Europea denunció en verano de 2019 a España ante el TJUE por incumplir la normativa europea de calidad del aire en Madrid, Barcelona, el Vallès Oriental y Occidental y Baix-Llobregat, donde excedía "de forma persistente" los niveles máximos de dióxido de nitrógeno (NO2) de la normativa europea vigente desde 2008 y legalmente vinculantes desde 2010.