La ley vasca que eleva la protección de los animales de compañía y domésticos, con sanciones de hasta 100.000 euros para las infracciones más graves, entrará en vigor mañana jueves tras su publicación hoy en el Boletín Oficial del País Vasco.
La norma fue aprobada en el Parlamento autonómico el pasado 30 de junio con los votos de los grupos que presentaron la proposición -PNV y PSE- y también de EH Bildu y PP, mientras que Elkarrekin Podemos-IU y Vox se abstuvieron.
La nueva ley da más protección no solo a las mascotas (perros, gatos y hurones), sino también a otros animales domésticos como caballos, cabras y ovejas.
"Animales de compañía auxiliares"
El texto limita la protección de los llamados "animales de compañía auxiliares" (perros pastores, de asistencia, de rescate, de guardia y custodia y buscadores de trufa) únicamente durante el desempeño de su trabajo. Así, se permite que un perro de rescate esté en una situación de riesgo cuando esté inmerso en una intervención para salvar a una persona.
La ley, que no regula la fauna silvestre, la tauromaquia, la pesca y la caza porque tienen sus reglamentaciones específicas, enumera un catálogo de actuaciones sancionables como disparar o agredir a los animales con cualquier clase de armas, lanzarles material pirotécnico y usar collares de pinchos, descargas eléctricas o de estrangulamiento (salvo por profesionales a la hora de adiestrar).
También se tipifica como maltrato cortar la cola y las orejas o extirpar uñas y dientes; el dopaje a ejemplares que participan en espectáculos; darles alcohol, drogas o fármacos sin prescripción veterinaria; teñir a los animales como diversión o para su comercio, y abandonarlos o mantenerlos en situaciones donde pueda peligrar su vida.
24 horas consecutivas
Queda asimismo prohibido dejar solo a un animal durante 24 horas consecutivas, plazo que en el caso de los perros no podrá superar las 12 horas, salvo en el caso de los de pastoreo mientras estén trabajando y con un plazo máximo de 48 horas.
La ley prohíbe el sacrificio de animales que estén en centros de acogida salvo por razones de sanidad animal, pública o medioambiental y de protección del patrimonio artístico y arquitectónico, y siempre con métodos "no crueles e indoloros".
Las sanciones oscilan entre los 100 euros por las infracciones leves y los 100.000 por las muy graves, como maltratar hasta la muerte; esterilizar, mutilar y sacrificar sin control veterinario; depositar alimentos envenenados en vías públicas; e inducir, promover y organizar peleas.
Se establece también la figura de la eutanasia animal, que podrá ser aplicada cuando se padezca una enfermedad o dolencia incurable o dolorosa.
La ley limita además la venta de animales a establecimientos autorizados, que no podrán exhibir ejemplares vivos en los escaparates y recurrirán a catálogos o medios similares que no requieran la presencia física de los animales.