La nueva reforma de la jubilación presentada y acordada esta semana por el Gobierno español, la patronal y los sindicatos españoles amplía los cambios que quedaron pendientes de la anterior reforma desarrollada en la pasada legislatura y establece un adelanto al acceso a la jubilación parcial. Asimismo, recoge un nuevo incentivo a la jubilación demorada y modifica la compatibilidad entre empleo y pensión.
Según han anunciado desde el Ejecutivo, la reforma pretende incentivar a quienes continúen en activo más allá de la edad de jubilación y ofrecer facilidades para hacer el retiro parcial más atractivo. Además, el pacto permitirá aprovechar mejor los recursos de las mutuas y regulará el acceso a la jubilación en las profesiones especialmente duras y peligrosas.
El objetivo declarado de los impulsores de la reforma es incrementar las carreras profesionales para acercar la edad real a la edad legal de jubilación. En el Estado español, en 2024 la edad legal para poder acceder a la jubilación es de 66 años y seis meses. A eso hay que añadir el periodo cotizado a la Seguridad Social que, en el caso de este año, para poder cobrar la pensión íntegra se deberán acreditar 36 años y seis meses. Quienes hayan acumulado 38 años de cotización podrán jubilarse a los 65 años y cobrar el 100% del retiro.
Jubilación demorada
El acuerdo prevé mejorar los incentivos en la jubilación de demora (posibilidad de que una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación se prolongue su vida laboral) y hacerlos compatibles con la jubilación activa (permite compatibilizar el cobro de un salario con el cobro de la pensión por jubilación). El texto acordado establece un incremento del 2% al 4% de mejora anual después del primer año y la posibilidad de recibir, en su lugar, un pago único o un pago mixto (una parte en incremento de la pensión y otra en abono de una cantidad a tanto alzado). A partir del segundo año de demora, las personas trabajadoras verán incrementadas su pensión a la hora de jubilarse en un 2% cada seis meses.
Jubilación activa
En cuanto a la jubilación activa, el trabajador cobrará un 45% de la pensión en el primer año de demora (un 5% menos que ahora), pero irá mejorando en los años sucesivos: el 55% en el segundo, 65% en el tercero, el 80% con cuatro años y la pensión completa tras el quinto. Hasta ahora, el trabajador solo podía percibir el 50%, con independencia de los años en activo. Esta es una medida para facilitar la compatibilidad del empleo con la pensión.
De este modo, quien opte por esta modalidad de jubilación se verá perjudicada inicialmente con una pérdida del 5% de lo que cobra de pensión el primer año tras la demora, pero su situación mejorará de sustancialmente a partir de ahí. Esta modalidad para acceder al retiro de forma progresiva supone que se elimina la obligación de tener una carrera de cotización completa, lo que facilita el acceso especialmente a las mujeres, que tienen peores vidas laborales que los hombres.
Jubilación parcial
Esta modalidad de jubilación (también conocida como contrato relevo) establece la posibilidad de ampliar a tres años (hasta ahora eran dos) el anticipo del retiro, aunque bajo algunas condiciones: la reducción de la jornada estará entre un 20 y un 33% el primer año y para los otros dos años se mantiene en una horquilla de entre el 25 y el 75%. En todo caso, se permitirá concentrar la jornada recortada, si hay acuerdo entre la persona trabajadora y la empresa, bien a título individual o mediante negociación colectiva.
Otra de las novedades de este capítulo es que la persona relevista lo será con una contratación indefinida, a tiempo completo y en un puesto de trabajo no amortizable, mientras que hasta ahora servía con trabajadores a tiempo parcial y temporales.
Profesiones penosas y peligrosas
Se establecerá un nuevo sistema de coeficientes para adelantar la jubilación sin penalizaciones para profesiones especialmente penosas, peligrosas o expuestas a riesgos. Será un retiro sin penalización de sus pensiones, a diferencias de la jubilación anticipada en la que si se recorta la pensión por el adelanto. El texto acordado prevé el acceso a la jubilación anticipada a edades menores cuando el trabajador desempeña alguna de las profesiones que se consideran peligrosas, y lo hace a través de ciertos coeficientes reductores de la edad que se habrían reformado.
La nueva regulación se basará en determinar las circunstancias objetivas, que permiten establecer coeficientes reductores para rebajar la edad de jubilación, como puedan ser: la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja médica; así como las declaraciones de incapacidades permanentes y los fallecimientos. Serán las organizaciones sindicales y patronales las que deban presentar propuestas al ministerio para cada actividad concreta. Hasta ahora estos colectivos tenían que solicitar y negociar con la Seguridad Social unos coeficientes que les permitieran adelantar su retiro sin penalización.
Autónomos
El acuerdo incluye cambios para las personas trabajadoras por cuenta propia, ya que no necesitarán una carrera de cotización completa y alcanzar el 100% de la base reguladora para acceder a la jubilación activa. De esta manera se quiere evitar un modelo que frenaba a muchas mujeres a la hora de acceder a esta modalidad de jubilación, ya que mayormente han tenido carreras de cotización más intermitentes.
Además, las y los autónomos que decidan demorar su retiro y seguir ejerciendo una vez se jubilen podrán empezar compatibilizando el 100% de su salario o ingresos y un 45% de pensión, para progresivamente ir aumentando dicho porcentaje hasta un 100% de la prestación pública a partir de los 11 años en jubilación activa.
Mutuas
Fija el marco para un mejor aprovechamiento de los medios asistenciales de las mutuas para las pruebas diagnósticas y tratamientos en los procesos de Incapacidad Temporal de origen traumatológico. De este modo se pretenden saltarse las largas esperas en los tratamientos para descongestionar el sistema público de salud y recurrir a las mutuas.
El trasfondo de todas estas medidas es buscar una salida a la sostenibilidad de la caja de las pensiones en un contexto demográfico complicado y un horizonte económico lleno de incertidumbres. En los últimos años, debido a la creciente esperanza de vida y al envejecimiento de la población, se han llevado a cabo diversas reformas para garantizar la sostenibilidad del sistema. Una de ellas es la ampliación de la edad de jubilación a 67 años y el incremento del periodo de cálculo de las pensiones. Estas medidas buscan mantener el equilibrio financiero y asegurar la viabilidad del sistema de pensiones en el futuro.
En el Estado español, el número de personas que reciben una prestación contributiva (jubilación, viudedad e incapacidad permanente) supera los diez millones de personas, mientras que la cantidad de personas con trabajo es de algo más del doble. En concreto, el pasado 1 de julio se abonaron 10,2 millones de pensiones contributivas, la mayoría (6,5 millones) de jubilación.
Según el Ministerio de Empleo y la Seguridad Social, la pensión media en el Estado es de 1.224,62 euros a junio de 2024, teniendo en cuenta la jubilación, la incapacidad permanente, la orfandad y la viudedad. En la Comunidad Autónoma Vasca alcanza de media, los 1.519 euros.
Las pensiones más numerosas en la comunidad autónoma vascas son las de jubilación, que perciben 385.063 vascos, (frente a las 133.669 de viudedad, las 39.837 de incapacidad y las 15.893 de orfandad).
Sobre este terreno de juego se han movido los diferentes Gobiernos españoles para buscar la pócima mágica que asegure la pervivencia del sistema. Incluso el presidente español Pedro Sánchez ha intentado varias recetas durante sus cinco años de gobierno hasta dar con los últimos acuerdos con patronal y sindicatos para tratar de encarrilar la cuestión. El acuerdo tendrá que ser formateado como ley y deberá superar la criba del Congreso de los Diputados, donde la aritmética es muy complicada para el Gobierno español.
Reforma de pensiones
Demorar la jubilación. El acuerdo tripartito entre Gobierno español, patronal y sindicatos españoles prevé mejorar los incentivos en la jubilación de demora. Se incrementará notablemente la pensión de estos trabajadores y podrán acumular a partir del primer año de jubilación activa los incentivos por demorar la jubilación. Ese incremento pasa del 2% actual al 4% anual.
Trabajo y pensión
Jubilación activa
Carrera de cotización
La reforma rebaja los requisitos para acceder a la este tipo de jubilación, ya que elimina la obligación de tener una carrera de cotización completa. Ello permitirá, sobre todo a muchas mujeres con carreras de cotización más cortas, jubilarse y seguir con su empleo. Si sale adelante esta reforma, solo necesitarán 15 años de trabajo.
Mayor cuantía
La persona trabajadora cobrará un 5% menos que lo que cobra hasta ahora en el primer año cuando compatibilizaba con el trabajo, pero en los próximos años irá elevando progresivamente ese porcentaje y a partir del quinto año cobrará ya la pensión completa.
Jubilación parcial
Tres años en vez de dos
Esta modalidad establece la posibilidad de ampliar a tres años, y no dos como hasta ahora, el anticipo del retiro, aunque bajo algunas condiciones: la reducción de la jornada estará entre un 20% y un 33% el primer año y entre un 25% y un 75% en los otros dos años. En todo caso, se permitirá concentrar la jornada recortada.
Relevista, indefinido
La persona relevista que completa la jornada de quien opta por la jubilación parcial será con una contratación indefinida, a tiempo completo y en un puesto de trabajo no amortizable. Hasta ahora servía con trabajadores a tiempo parcial y temporales.
Autónomos
Tres años en vez de dos
Este tipo de trabajadores no necesitarán una carrera de cotización completa y alcanzar el 100% de la base reguladora para acceder a la jubilación activa. Podrán empezar compatibilizando el 100% de su salario o ingresos y un 45% para progresivamente ir aumentando dicho porcentaje.