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La rebaja del IVA del aceite de oliva durará hasta septiembre

Desde el 1 de octubre al 31 de diciembre se elevará hasta un 2% y luego un 4%
Botellas de aceite de oliva este viernes en un supermercado. / FERNANDO ALVARADO

El impuesto sobre el valor añadido (IVA) del aceite de oliva bajará a partir de hoy al 0% y se mantendrá suprimido hasta el 30 de septiembre, para después elevarse al 2% entre octubre y diciembre. Del mismo modo, el Gobierno español también ha decidido mantener la rebaja del IVA al 0% de los alimentos básicos, como el pan, huevos, verduras o fruta, hasta el 30 de septiembre y elevar el tipo al 2% entre octubre y diciembre de este año, coincidiendo con que la previsión de la inflación de los alimentos durante el último trimestre se va a ver moderada a la baja.

El Real Decreto-Ley aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de medidas para afrontar las consecuencias económicas, también las sociales, derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo incluye importantes novedades en torno al IVA aceite de oliva. Este impuesto, que ya se había producido una rebaja del 10 al 5%, pasará al 0% desde el 1 de julio y se mantendrá así hasta el 30 de septiembre. Después se situará en el 2% entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.

Además, el Real Decreto-Ley incluye la modificación de le Ley del IVA para que este producto pase a formar parte de la cesta de productos y alimentos básicos, por lo que tendrá siempre un tipo superreducido, una vez concluyan las rebajas extraordinarias del impuesto. El tipo superreducido en el Estado es del 4%. Esto significa que cuando los tipos vuelvan a la normalidad, el IVA del aceite de oliva será el 4% en vez del 10% que venía soportando durante todo este periodo anterior.

Asimismo, se prorroga también hasta el 30 de septiembre los tipos del 5% del IVA para la pasta y los aceites de semilla. A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre, el tipo se situará en el 7,5%. Según avanza el Gobierno en la norma publicada en el BOE, el 31 de diciembre será el momento en el que la reducción de precios va a permitir la supresión de estas medidas excepcionales y transitorias, “sin afectar al poder adquisitivo de las familias”. “De esta forma, se garantizan precios finales razonables de estos alimentos hasta la plena normalización del mercado que, previsiblemente, se producirá durante el último trimestre de este año y continuará en 2025”, se argumenta en el texto.

No obstante, la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, explicó durante la presentación del Real Decreto-Ley que el Ejecutivo acompañará a las familias y al tejido producto “el tiempo que sea necesario para recuperar la normalidad”. Otra de las medidas que se recogen en el Real Decreto-Ley es la rebaja del IRPF, que va a evitar que las personas que cobren el salario mínimo interprofesional tributen en el impuesto sobre la renta. El Gobierno ya modificó anteriormente el reglamento del IRPF para evitar que estos trabajadores tuvieran ya desde este año 2024 retenciones en sus nóminas mensuales y lo que el Ejecutivo hace ahora es incluir la medida en la propia ley del IRPF.

02/07/2024