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El Gobierno vasco no recurrirá el reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que anula el artículo que obliga a tener contrato de alquiler o ser propietario para percibir la Renta de Garantía de Ingresos (RGI). Hay que recordar que en total, 65.246 personas o unidades familiares de 118 países distintos, además de casi un millar a apátridas (personas sin nacionalidad que están acogidas en la CAV), percibieron durante 2023 la RGI.
Sin embargo, el Gobierno vasco elevó el año pasado los requisitos para poder optar a estas ayudas de inserción, ya que antes bastaba simplemente con el empadronamiento, y organizaciones sociales denunciaron la medida.
De este modo, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha fallado en contra el Gobierno vasco, anulando el artículo que regula cómo demostrar la residencia en un domicilio en el caso de las personas solicitantes de la Renta de Garantía de Ingresos, según informaron las entidades recurrentes.
Sin embargo, el Departamento que preside Mikel Torres, argumentó que no recurrirá el fallo, a pesar de que conlleva más facilidades para poder optar a estas prestaciones económicas.
“ La resolución establece que el requisito debía estar en la propia ley y no en el reglamento ”
Departamento de empleo - Gobierno vasco
“El Departamento de Economía, Trabajo y Empleo no va recurrir la resolución del Tribunal Superior vasco en relación al artículo 2.2. del Decreto 173/2023 que exige la acreditación de un título válido de residencia o alojamiento para poder optar a la Renta de Garantía de Ingresos. Dicho requisito y dicho artículo constaba en un reglamento y lo que viene a decir el Tribunal es que un reglamento no puede cambiar la ley y que, en todo caso, debe constar en la propia ley”, adujeron, en una nota hecha pública durante la tarde de este miércoles.
“Como no podía ser de otra manera, este Departamento acata la resolución judicial, ya que dicha resolución no va contra del fondo del artículo sino que establece que este requisito debería estar en la ley en lugar de en el reglamento. Por ello, este departamento va a estudiar la incorporación de este requisito en la ley”, añadieron.
Colectivos como Argilan-ESK, Sindicato Socialista de Vivienda de Euskal Herria y Berri-Otxoak, la plataforma Contra la Exclusión Social y Por los derechos Sociales, presentaron hace un año una demanda de recurso contencioso-administrativo al TSJPV pidiendo la anulación de algunos artículos que, a su juicio, consideraban “nocivos” para las personas solicitantes de la RGI.
Las entidades recurrentes consideraban que esta redacción introducía un criterio para excluir a las personas más vulnerables y empobrecidas, como por ejemplo aquellos que viven subarrendamientos, las que no tienen un contrato de alquiler regular o aquellas personas que viven ocupando viviendas vacías.