Araba

Las ayudas fiscales para asentar población en la zona rural dan un paso más

Señal de entrada a Mendoza.

La comisión de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de las Juntas Generales de Álava rechazó ayer todas las enmiendas presentadas por los grupos al proyecto de Norma Foral para favorecer el asentamiento de la población en la zona rural del territorio, por lo que el documento quedó a expensas de su aprobación definitiva por parte del Ejecutivo foral.

El documento elaborado contiene medidas cuyo objetivo es incrementar el apoyo fiscal a los contribuyentes de los núcleos rurales que están en riesgo de despoblación, cuyo listado asciende a 156. En concreto, esos beneficios fiscales afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

En el primer caso, el proyecto determina que las actividades económicas ubicadas en las zonas o núcleos calificados como en riesgo de despoblación podrán deducir, como gasto, el 45% en lugar del 10% a fin de determinar el rendimiento neto de la actividad económica en la modalidad simplificada. Estas actividades económicas deben físicamente estar ubicadas en dichas zonas y núcleos y la actividad principal debe consistir en prestar servicio a los habitantes de las mismas, aunque no exclusivamente.

El PP presentó una enmienda para que se reflejara que la medida también estaba destinada al sector primario, pero esta se rechazó por sobreentenderse que ya estaban como contribuyentes. Además, su portavoz reclamó ampliar y revisar el listado de municipios, ya que faltan localidades como Arbizu, Iturrieta e incluso Zuazo, donde se está realizando una importante inversión para generar actividades económicas.

El paquete de ayudas contempla también la bonificación de los rendimientos de capital inmobiliario procedentes del arrendamiento de viviendas habituales para el arrendatario, que pasará del 20 al 30% cuando la vivienda se encuentre ubicada en alguna de las zonas o núcleos en riesgo de despoblación. Asimismo, se crea una nueva minoración de la cuota íntegra por residencia en núcleos o zonas en riesgo de despoblación en favor de las y los contribuyentes, que será de 100 euros por autoliquidación.

Además, a las ayudas se añaden dos nuevas deducciones: una por alquiler de vivienda habitual aplicable al inquilino o inquilina, cuya vivienda habitual se ubique en una de las zonas o núcleos en riesgo de despoblación, que será del 35% –con un límite de 2.800 euros– y una deducción para contribuyentes menores de 30 años que inicien por primera vez el ejercicio de una nueva actividad económica en una de las zonas o núcleos en riesgo de despoblación, que será de 1.000 euros. Si quién inicia la actividad es una mujer podrá incrementar la deducción en 500 euros más.

Por otra parte, el proyecto establece un tipo tributario del 1,5% para las adquisiciones de viviendas habituales ubicadas en zonas o núcleos despoblados, si se cumplen determinados requisitos, y se establece la posibilidad de que los ayuntamientos establezcan una bonificación de hasta el 90% a favor de viviendas habituales de las y los contribuyentes, así como a favor de los locales dónde se desarrolle actividad económica.

La cifra

45%

Tasa que las actividades económicas ubicadas en las zonas en riesgo podrán deducir como gasto, 35 puntos más que en la actualidad.

04/12/2021