En la gran mayoría de los casos el conductor de un vehículo es el responsable de las posibles sanciones a las que se haga acreedor en el caso de incumplir la normativa de tráfico. Pero esta circunstancia habitual no es norma general ya que hay algunas circunstancias en las que es el propietario del coche el que recibirá la correspondiente multa por una infracción aun en el caso de no sea el conductor en el momento en el que los agentes de la autoridad cumplimentan la denuncia ante una irregularidad.
La Ley de Seguridad Vial es tajante al respecto y determina que los conductores de un vehículo y los titulares del mismo no tienen las mismas responsabilidades a efectos de las sanciones. Esto es debido a que no tienen por qué ser la misma persona en todo momento. Hay que distinguir entre las diferentes multas que están asociadas a errores o infracciones durante la conducción y las que, sin embargo, derivan de un mal mantenimiento del vehículo o de falta de documentación.
Así, el conductor deberá ser quien se haga responsable de la sanción y de hacer frente al desembolso económico siempre y cuando las infracciones estén relacionadas con la conducción. Es decir, si los agentes de tráfico dan el alto a un vehículo por saltarse un semáforo, será el conductor la persona sancionada, independientemente de que sea el titular del vehículo en cuestión o no.
En el caso de los los titulares de un vehículo hay determinadas sanciones que siempre tienen que abonar ellos. Independientemente de la persona que conduzca, y son las relacionadas con la documentación y el estado del vehículo.
Son las referidas a la falta de documentos acreditativos del coche, la inexistencia de seguro, la no realización de las revisiones como la ITV, o que el estado de conservación del vehículo no sea el adecuado para una conducción con seguridad.
En este tipo de casos el titular será siempre el responsable de pagar la multa. Y la cuantía de las sanciones será desde los 80 o 100 euros por falta de documentación hasta los casi 1.500 euros por no tener contratada la póliza del seguro para un turismo.
Otro caso es el de las multas los agentes de la autoridad hayan emitido sin identificar al conductor, como las que tienen su origen el exceso de velocidad cuando te pilla una radar. Este tipo de sanciones van dirigidas al titular del vehículo, aunque no fuera el quien condujera. Es el caso de los coches de empresa, o si conduce nuestro coche algún familiar o amigo. En estos casos el propietario deberá identificar al conductor del coche en el momento de la infracción para que abone la sanción correspondiente. En caso contrario correrá él con los gastos de la multa.
Ocurre lo mismo en el caso de sanciones por mal aparcamiento en las que no está presente el conductor y se notifican al titular del vehículo.
También las mutas en las que se solicita el nombre del conductor cuando las sanciones impliquen pérdida de puntos en el carné de conducir. Si no se notifican los datos puede ser del triple de la cursada inicialmente.