La pensión de incapacidad permanente es una de las prestaciones económicas que la Seguridad Social puede dar y a las que una persona que sufre una enfermedad o un accidente que le impide ejercer su trabajo puede acogerse.
Una prestación cuyo objetivo no es otro que compensar esa pérdida de ingresos causada por el deterioro de la salud de las personas afectadas. La Seguridad Social diferencia entre cuatro grados de incapacidad permanente: total, parcial, absoluta y gran invalidez.
Con la incapacidad permanente parcial el trabajador puede continuar ejerciendo su profesión, pero lo tendrá que hacer en un puesto diferente con un grado mínimo de un 33%. Con la incapacidad permanente total el trabajador no podrá realizar las tareas indispensables de su puesto, pero sí otras. Con la incapacidad permanente absoluta el trabajador no puede ejercer cualquier trabajo y tiene derecho a recibir una pensión del 100% de la base reguladora. La gran invalidez es un complemento de la pensión por incapacidad permanente absoluta que se le concede a aquellas personas que sufran de graves secuelas y necesitan de una ayuda externa para hacer actividades físicas.
Para optar a la pensión de incapacidad permanente, el trabajo sebe someterse a una serie de exámenes médicos llevados a cabo por el equipo de valoración de incapacidades (EVI) que determinarán si está incapacitado en un grado igual o superior al 33% para la profesión habitual.
Al Equipo de Valoración de Incapacidades también se le conoce como Tribunal Médico del INSS. Un grupo de profesionales que tiene como objetivo la inspección y evaluación de las patologías que pueden dar lugar a una incapacidad permanente. Para ello tienen en cuenta las afecciones y los requisitos de su ocupación. Es decir, cómo afectan a su capacidad para desarrollar las actividades laborales que desempeña habitualmente en su profesión.
Las preguntas de la Seguridad Social para conceder o no la pensión de incapacidad permanente
Los especialistas de Fidelitis, abogados especialistas en incapacidades laborales, ha recopilado cuáles son las preguntas trampa del tribunal médico que emite un dictamen sobre la solicitud de pensión.
¿Qué tal te encuentras?
Una de las preguntas más habituales es "¿Qué tal te encuentras?". Según explican los especialistas, gracias a ella los miembros del tribunal tienen posibilidades de descubrir la opinión sincera del paciente acerca de su estado.
¿Has mejorado de tu enfermedad o lesión desde que estás de baja?
Una pregunta con la que se quieren conocer las sensaciones de la persona que solicita la pensión de incapacidad permanente respecto a su estado físico y mental. La respuesta puede influir en el acceso a la pensión y en la elección de su grado.
¿Has venido solo o acompañado?
Una pregunta para conocer la autonomía del paciente en el día a día y en los actos más esencial de la vida. En función de la respuesta, el equipo de valoración de incapacidades puede selecciones el grado de la pensión.
¿Cuál es tu puesto de trabajo?
Mediante esta pregunta se quiere delimitar las funciones del trabajador y considerar si son o no compatibles con su dolencia, lesión o enfermedad, lo que influye en el grado de la pensión.
¿Qué tareas llevabas a cabo en tu trabajo?
El objetivo de la pregunta "¿qué tares llevabas a cabo en tu trabajo?" es saber cuál es la rutina laboral del paciente para conocer si es capaz de mantenerla con su dolencia o lesión.