El Ayuntamiento de Laudio ha presentado en la sesión plenaria celebrada este lunes el protocolo de actuación ante las peticiones de información realizadas por miembros de la Corporación que no pertenecen al equipo de Gobierno. Así las cosas, a partir de ahora la información solicitada en el Pleno, en la Junta de Gobierno Local o en las diferentes Comisiones Informativas será remitida a todos los grupos políticos y no solo al solicitante.
“ La información solicitada será remitida a todos los grupos políticos y no solo al solicitante ”
Asimismo, las preguntas formuladas, en cualquiera que sea la reunión, serán remitidas al área correspondiente en el plazo de cinco días hábiles mediante la plataforma digital de gestión municipal. Las consultas presentadas por escrito deberán ser introducidas en el Registro.
“ Las preguntas formuladas, en cualquiera que sea la reunión, serán remitidas al área correspondiente en el plazo de cinco días hábiles mediante la plataforma digital de gestión municipal ”
De esta forma, EH Bildu trata de zanjar las críticas que lleva recibiendo por parte de PNV, en los últimos meses, por su “falta de transparencia”. De hecho, la bancada jeltzale -tras advertir varias veces de que “si nuestro derecho a la información sigue siendo vulnerado, nos veremos obligados a acudir a otras instancias para salvaguardar los derechos que nos asisten”- a mediados de febrero dio cuenta de que había llevado su denuncia ante el Ararteko y la Comisión de Acceso a la Información del Gobierno Vasco.
Venta ambulante
En el Pleno del lunes también se modificó la Ordenanza reguladora de la venta ambulante. Ahora la normativa reconocerá los derechos y obligaciones de las y los familiares de las personas titulares de permisos de venta gracias a la ampliación del segundo grado de consanguinidad, ya que antes solo se tenía en cuenta al cónyuge y a las y los hijos. En todo caso, las personas que trabajen junto a la titular deberán estar dadas de alta en la Seguridad Social, sean o no familia.
Además, se ha ampliado hasta 12 el número de días de feria que pueden organizar las asociaciones de comerciantes, aunque en periodos máximos de tres días consecutivos.