Actualidad

Los certificados de nacimiento y defunción no caducarán

La antigüedad máxima de ambos documentos suele ser de entre tres y seis meses desde que se expiden

El Pleno del Senado aceptó ayer tramitar el proyecto de ley presentado por Junts para modificar el Registro Civil para que los certificados de nacimiento y defunción sean de carácter permanente y no tengan una antigüedad máxima de seis meses desde el momento en el que se expiden. La toma en consideración de esta iniciativa salió adelante en el Senado gracias a los 130 votos a favor y las 125 abstenciones, entre ellas las del PSOE. Ahora, el proyecto de ley pasa al Congreso para tramitarse como cualquier otra norma.

Lo que se pretende con esta modificación es añadir un nuevo artículo 82 bis a la ley del Registro Civil para que las certificaciones, en extracto o literales, de nacimiento o defunción se presuman vigentes de forma permanente, “sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran acaecer por discordancias entre el contenido de las mismas y la inscripción registral, siempre que dichas discordancias no pudieran atribuirse al propio Registro Civil”.

Y es que, según recoge Junts en su texto, en la actualidad, la antigüedad máxima de los certificados suele ser de entre tres y seis meses desde el momento en el que se expide.

21/10/2022