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Los juzgados navarros ya tramitan tantas demandas por deudas como en la gran crisis de 2010

En 2022 se presentaron 8.692 monitorios, proceso al que acuden fondos buitre para reclamar las morosidades, suponen un 26% más que las demandas del año anterior
Fachada del Palacio de Justicia de Navarra. | FOTO: IÑAKI PORTO

La inflación desbocada ya empieza a desgarrar los bolsillos de los consumidores. Y lejos de tener freno, la tendencia marcará a buen seguro un alza difícilmente sostenible. Un buen reflejo y síntoma de los impagos crecientes, de las deudas que cada vez se agigantan más en las compras que se efectúan a plazos, en los créditos bancarios, en las reparaciones urgentes, en las facturas de servicios o proveedores o en las morosidades de las comunidades de vecinos, acaba siendo la estadística trimestral que ofrece el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre los efectos de la crisis en los órganos judiciales.

Una de las varas de medir más fiables para confirmar la evolución de las deudas resulta la estadística en los juzgados de procedimientos monitorios presentados, es decir, aquellas demandas que sirven para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, e incluyen las cantidades debidas en concepto de gastos comunes de comunidades de propietarios de inmuebles urbanos. Estos procedimientos aumentaron en los juzgados de Navarra el pasado año un 26,7%, al contabilizar un total de 8.562 frente a los 6.760 de 2021. Solo se había alcanzado un dato similar en Navarra durante la gran crisis económica de 2008-2010, cuando se alcanzaron las 9.000 demandas.

A ello hay que añadir el efecto compulsivo de los fondos buitre que compran paquetes de deuda de muchas de esas entidades y formulan reclamaciones judiciales contra los morosos. Son fondos de capital riesgo o de inversión libre, ubicadas por lo general en otros países, incluso en paraísos fiscales, que han convertido en los principales demandantes de deudas en los juzgados de Primera Instancia, los juzgados civiles en los que se encauzan este tipo de reclamaciones. Dichos procedimientos judiciales se denominan monitorios, en el que se busca reclama la devolución de una deuda líquida y vencible, Apenas hay un plazo de 20 días para responder y oponerse y, en caso de no hacerlo, se embargan bienes por la cantidad adeudada. Se trata de acreditar la existencia de dicha deuda a través de un contrato, un albarán o una factura.

LOS PROCEDIMIENTOS

Qué son los monitorios. Son los procedimientos que se presentan en los juzgados de Primera Instancia sirven para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, e incluyen las cantidades debidas en concepto de gastos comunes de comunidades de propietarios de inmuebles urbanos.

Concursos. Comprende aquellos procedimientos que, declarados en los Juzgados de lo Mercantil, procede su apertura para cualquier deudor, sea persona natural o jurídica, que no pueda cumplir regularmente sus obligaciones exigibles.

Lanzamientos. Cada bien inmueble cuyo lanzamiento o entrega posesoria se acuerde, con independencia de los señalamientos que genere y del tipo de proceso en el que se acuerde o la fase en que éste se encuentre, siempre que implique un cambio en la posesión de un inmueble.

05/03/2023