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Los nuevos Estatutos del Athletic refuerzan la "gobernanza" de los socios

Los nuevos Estatutos del Athletic refuerzan la "gobernanza" de los socios
Los nuevos Estatutos del Athletic refuerzan la "gobernanza" de los socios

Después de dos años de cocción lenta, de infinidad de debates e intercambio de puntos de vista, de consultas y de maratonianas reuniones, los integrantes de la Comisión de Reforma de los Estatutos del Athletic han presentado este jueves el anteproyecto. Utilizando un símil culinario, el resultado se asemeja a un menú que engloba las recetas de siempre, buscando reforzar la particular idiosincracia de la entidad, con dosis de cocina moderna, adaptando al club a las necesidades actuales.

La apuesta por la "gobernanza" de los socios, que tendrán capacidad de decisión en más cuestiones que las actuales; una participación implementando las herramientas digitales; la creación de una Asamblea Plenaria además de la de Compromisarios; la supresión de los días del club; la actualización de las cuotas a lo que marque el IPC –si bien las Juntas Directivas podrían no aplicar esta subida necesariamente–; o una reducción del 15% al 5% en la cantidad del presupuesto que hay que avalar para presentarse a las elecciones, son algunas de las novedades.

La Comisión de Reforma mantendrá abierto hasta el 24 de enero un proceso para que los socios hagan sus aportaciones antes de seguir con la hoja de ruta que debería someter a votación el anteproyecto por parte de la Asamblea en primavera, poco antes de que la carrera electoral eche a andar. Será la tercera intentona de reforma que lleva a cabo una Junta en la última década. Las dos anteriores, impulsadas por Fernando García Macua y Josu Urrutia, se encontraron con la oposición del máximo órgano soberano del club. La necesidad de lograr el respaldo de dos terceras partes de los compromisarios en una cuestión sobre la que el entorno rojiblanco se ha mostrado muy sensible. No es una tarea fácil, por lo que tocará un ejercicio didáctico por parte de la Comisión de Reforma.

ASAMBLEA PLENARIA

Aitor Elizegi, Ana Urquijo, Aner Uriarte, Gorka Cubes y Josu Arteta, los cinco representantes avalados en 2019 por la Asamblea para confeccionar el texto, han detallado el mismo ante los medios de comunicación en la zona noble de San Mamés. El papel de los socios y su capacidad de decisión en el día a día de la entidad es una de las cuestiones que más horas de intercambio de opiniones ha motivado entre los miembros de la Comisión.

Las cinco personas encargadas de redactar los nuevos estatutos son conscientes de que hay un sector entre los socios que aboga por restar poder a los compromisarios y pide aquello de "un socio un voto". Sabedores de que los compromisarios difícilmente aprobarían algo así, han buscado un punto intermedio. Estos seguirán decidiendo sobre las cuestiones troncales de la entidad, pero el anteproyecto refuerza el papel de los socios de número con la creación de una Asamblea Plenaria.

Como ejemplos cabe citar que, además de la elección de la Junta Directiva, es competente para la realización de cualquier referéndum vinculante, para consultas, para las modificaciones estatutarias sobre aspectos nucleares del club, para una eventual compra del estadio de San Mamés, para la aprobación de una moción de censura o para decidir sobre los planes estratégicos de la entidad. Además, si el 10% de los socios o un tercio de los compromisarios reúnen las firmas necesarias está capacitado para convocar al máximo órgano soberano del club. De esta manera la masa social podría someter a votación algunas cuestiones. "Es una solución imaginativa para dar cabida al movimiento que pide un socio un voto. Pero partimos del convencimiento de que un órgano de control de la actividad diaria del club como la Asamblea no puede ser universal. Sería mover un mecanismo mastodóntico para convocar a 44.000 personas", ha añadido el juez decano de Bilbao.

MENOS CANTIDAD QUE AVALAR

En los nuevos Estatutos, en la disposición adicional decimoquinta, se establece, ante la eventual circunstancia de que se derogue la disposición adicional séptima de la Ley del Deporte, la exigibilidad de avales a las Juntas Directivas. La petición en tal supuesto presenta numerosas diferencias: se rebaja el porcentaje del 15% al 5% y no se trata de garantizar una responsabilidad civil objetiva de los directivos meramente por pérdidas (es decir, aunque no hubiese culpa o negligencia), sino que la responsabilidad civil garantizada con los avales solo es exigible si las pérdidas económicas son consecuencia de culpa o negligencia grave de la Junta Directiva (responsabilidad civil subjetiva).

En el preámbulo del anteproyecto que los socios ya tienen a su disposición, los integrantes de la Comisión de Reforma advierten de que "no podemos asumir el riesgo de que nuestra inacción estatutaria afecte negativamente a nuestro actuar como club, como institución dentro de un contexto complejo, competitivo, cambiante en sus reglas de juego institucionales. Necesitamos adaptar nuestra dimensión como club a estos retos para seguir siendo el Athletic de siempre con más fortaleza como entidad".

NUEVAS TECNOLOGÍAS Y DEFENSA DEL SOCIO

La dimensión digital y las nuevas tecnologías también tienen protagonismo en el texto. "Se integran en nuestra vida como club y así se regula, entre otros, y siempre como alternativa, no como imposición, en ámbitos como actas, registros, tarjetas electrónicas, derecho de voto electrónico, la web del club como instrumento de comunicación y difusión, el derecho a relacionarse de forma presencial o telemática con el club". Asimismo, el Athletic se obliga a dotarse de una oficina de asistencia al socio en el ámbito de la digitalización para favorecer la transición a la relación digital con la entidad a los socios más veteranos.

En los nuevos Estatutos se instaura la figura de la Defensoría de Socios, que velará por sus derechos, así como una novedosa Comisión de Control, Transparencia y Buen Gobierno que velará por las correctas prácticas en toda la institución. También se establece la previsión de que el órgano de administración, o algunos de sus miembros, pueda tener una remuneración económica, siempre y cuando la Asamblea lo apruebe y se justifique la dedicación.

2021-12-17T11:22:01+01:00
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