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Los requisitos que establece Osalan para eliminar las mascarillas en las empresas

Un cajero en un supermercado atiende con mascarilla.

El Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, Osalan, ha recomendado a las empresas "evaluar" en los centros de trabajo si se cumplen las condiciones "adecuadas" antes de acordar la retirada de las mascarillas, como son una ventilación "adecuada", nivel de ocupación, mantenimiento de distancia interpersonal de 1,5 metros o el tiempo de permanencia en el puesto de trabajo.

Así lo ha hecho público el organismo vasco en las recomendaciones que ha colgado en su página web tras conocer el contenido del Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, del Gobierno central, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas, en vigor hasta este miércoles, incluidos los entornos laborales.

En este sentido, Osalan remarca en primer lugar que, en el entorno laboral y de manera general, "no es preceptivo el uso de mascarilla" salvo para trabajadores de centros, servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, además de medios de transporte de personas.

En todo caso, y en relación a los centros de trabajo, Osalan traslada que la evaluación de los riesgos de los puestos de trabajo "será la actividad que permitirá tomar una decisión sobre las medidas preventivas adecuadas que deben implantarse, incluido el posible uso de mascarillas si así se derivara de la misma".

En esta línea, observa el uso responsable de la mascarilla a toda la población trabajadora "vulnerable" en cualquier situación en la que tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros, así como a profesores y docentes con "factores de vulnerabilidad".

Asimismo, los servicios de prevención de riesgos laborales asesorarán al empresario o empresaria y también "se debe recabar" la opinión de responsables, mandos intermedios y representantes de los trabajadores.

Osalan recomienda que, a la hora de evaluar los riesgos, se tenga en cuenta aspectos como si existe una ventilación adecuada, nivel de ocupación del centro o el mantenimiento de distancia interpersonal de 1,5 metros.

PERMANENCIA

También se debe evaluar y analizar el tiempo de permanencia en el centro de trabajo, la actividad desarrollada, las condiciones de temperatura y humedad relativa presentes y la utilización de espacios comunes (vestuarios, comedores, etc.).

Este análisis también debe hacerse extensivo a "los medios de transporte particular y de traslado compartidos", junto con la presencia en el centro de trabajo de personas consideradas "vulnerables".

21/04/2022