Sociedad

Los restaurantes vascos deben conservar 3 semanas un registro de comensales

Clientes en la terraza de un restaurante.

Los bares y restaurantes deben llevar un registro de sus comensales y guardarlo durante tres semanas para facilitar el rastreo de los contactos en caso de que se produzca un brote. Cada local de hostelería que ofrezca comidas o cenas tiene que llevar un listado con los datos de contacto de, al menos, uno de los comensales de cada grupo a fin de facilitar la labor de los rastreadores. La publicación del Protocolo de medidas preventivas frente al covid-19 en establecimientos de hostelería elaborado por el Departamento de Salud, fechado el 29 de junio, por lo que en teoría está en vigor, pilló por sorpresa al sector.

Fuentes acreditadas del mundo de la hostelería, que prefieren mantenerse en el anonimato, aseguraron a DEIA que conocían el documento de trabajo en "conversaciones privadas" mantenidas hace diez días con miembros del Departamento que dirige Sagardui pero, según aseguraron las mismas fuentes, "no hemos vuelto a saber nada del Gobierno vasco". Al parecer, en esa reunión representantes del sector trasladaron a Salud su opinión sobre el contenido del documento, pero prefieren posponer cualquier declaración pública a cuando reciban una comunicación oficial sobre su entrada en vigor, si es que no lo está ya.

A la vista de este panorama, la hostelería vasca ni sabe ni reacciona al nuevo protocolo que, por lo demás, da continuidad a las medidas preventivas ya conocidas: distancia, higiene, horario de cierre y apertura o aforos. En el punto C, el documento recoge que "en aras de facilitar el rastreo de contactos de casos positivos de covid-19, los establecimientos de hostelería que ofrezcan servicio de comidas y cenas registrarán los datos de contacto de al menos una persona por cada grupo de comensales junto con la fecha y hora del servicio". Estos datos, añade, "se conservarán, al menos, durante tres semanas y se pondrán a disposición del Departamento de Salud cuando este lo requiera".

Se puede fumar en terrazas

El documento también pone negro sobre blanco la cuestión de fumar en las terrazas. Y sí, sí se puede fumar pero no se aconseja. Sobre el consumo de tabaco, el protocolo "desaconseja expresamente" fumar en las terrazas de los establecimientos hosteleros. En este sentido, el Gobierno vasco explica que la transmisión del SARS-CoV-2 por medio de aerosoles es una forma predominante de contagio. Los aerosoles se producen al respirar y al hablar, siendo la carga mucho mayor cuando se realizan actividades en las cuales se exhala el aire con más fuerza, como cantar, gritar o fumar. "Si la persona fumadora es portadora de SARS-CoV-2, las personas y objetos de su entorno quedan expuestas a las gotas y aerosoles exhalados por la persona fumadora, incrementándose el riesgo de contagio", expone el documento. Todas estas consideraciones son también aplicables al vapeo y a otras formas de consumo de tabaco.

Respecto a los horarios, el nuevo protocolo expone lo recogido ya en el decreto del lehendakari, Iñigo Urkullu, del 18 de junio, en cuya revisión del 8 de julio no se tocó una coma. Así, si la evolución de la pandemia no obliga a acortar la actividad hostelera, el horario límite de cierre será las 2.00 horas, incluido el desalojo de la clientela, y no podrán abrir al público antes de las 6.00 horas. Igualmente, la entrega de pedidos con cita previa en el propio establecimiento y el reparto a domicilio podrán realizarse hasta las 2.00 horas. Por otro lado, la hostelería situada en áreas de servicio podrán permanecer abierta entre las 2.00 y las 6.00 horas, "únicamente para el servicio a usuarios en tránsito".

El documento, igual que protocolos anteriores, recuerda que el riesgo de transmisión en interiores es "claramente" superior al de exteriores e insiste en la importancia del lavado de manos a menudo, en la desinfección y la limpieza de las superficies y en la obligatoriedad de usar la mascarilla en interiores, salvo en el momento de la ingesta de bebidas y comida.

13/07/2021