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Multa a TCC por obligar a una menor a bajarse de la villavesa de noche en un polígono antes de llegar a su parada

El conductor obligó a la adolescente a salir del autobús a las 2.30 de la madrugada en Sanfermines tras indicarle que no llegaría hasta el final de la ruta
Villavesa de la Línea 16, que une las localidades de Beriain y Berriozar
Villavesa de la Línea 16, que une las localidades de Beriain y Berriozar

La Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, tras una denuncia de Facua-Consumidores en Acción, ha sancionado con 5.001 euros a la empresa Transports Ciutat Comtal (TCC) por no tener activo el sistema que permite controlar si cumple los recurridos regulados en uno de los autobuses, algo que es obligatorio por contrato.

Esta multa, informa la asociación en un comunicado, pone fin a la investigación abierta a raíz de la denuncia presentada el pasado mes de septiembre por Facua tras tener conocimiento su delegado territorial en Navarra de que, al menos en la línea 16, que une las localidades de Beriáin y Berriozar, no se respetaba el recorrido completo y se indicaba a los pasajeros que debían bajar del autobús antes de llegar a su última parada.

La afectada que puso los hechos en conocimiento de la asociación es una adolescente que durante los últimos Sanfermines se vio obligada a bajarse a las 2:30 horas frente a un polígono industrial al indicarle el conductor que no llegaría hasta el final de la ruta.

En concreto, la chica tuvo que bajarse del autobús cuatro paradas antes de la suya, en una carretera de unión entre dos pueblos donde solo hay un polígono industrial y algunas casas dispersas, teniendo que recorrer casi un kilómetro a pie hasta llegar a su casa.

La MCP consideró oportuno llevar a cabo un análisis para esclarecer lo ocurrido y dirimir responsabilidades.

Se tuvo conocimiento de que uno de los buses llevaba desde el 5 de julio sin tener el Sistema de Ayuda a la Explotación e Información (SAEI) operativo, lo que imposibilitaba conocer el recorrido exacto y las paradas que hacía el vehículo y, por lo tanto, comprobar si llegaba hasta el final del recorrido previsto.

En el artículo 54 del contrato formalizado entre la MCP y la empresa Transports Ciutat Comtal queda recogido que es obligatorio "mantener el SAEI en perfecto estado de funcionamiento, incluyendo el sofware del sistema de réplica instalado en la Mancomunidad, así como las bases de datos de planificación e históricos, con todos los servicios definidos o que se definan a partir de este pliego".

El organismo comarcal considera que el hecho de no llevar activo este dispositivo supone "una mala praxis por parte del concesionario, en tanto que el mal funcionamiento del SAEI redunda en una peor gestión y control del servicio TUC tanto para el propio operador como para la Mancomunidad".

Asimismo, concluye que "la decisión de desinstalar el SAEI del autobús fue a decisión propia y unilateral del concesionario, ya que en ningún momento fue solicitada ni autorizada expresamente por la unidad gestora del contrato".

La Mancomunidad, además, desmiente la versión de la concesionaria, que aseguró que no había dispositivos SAEI suficientes para dotar a toda la flota de autobuses durante las fiestas de San Fermín, fechas en las que ocurrieron los hechos.

Por todo ello, la MCP ha desestimado las alegaciones presentadas por la empresa y le ha impuesto una sanción de 5.001 euros por un incumplimiento de carácter grave. La empresa tiene la posibilidad de interponer recurso en un plazo de dos meses.

2022-12-31T17:22:03+01:00
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