Navarra Suma va a continuar su política en contra del euskera. Así se desprende de la decisión del Ayuntamiento de Pamplona de recurrir ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de la Audiencia Provincial las dos últimas resoluciones emitidas por el Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) que han señalado directamente al equipo de Gobierno por el trato discriminatorio que está dando al euskera.
Una de las resoluciones que ha recurrido Navarra Suma fue a cuenta del gigante pañuelo rojo que se colgó en la fachada del edificio consistorial hace un año, donde el texto en lengua castellano era de mayor tamaño y ocupaba un espacio preferente con respecto al texto en lengua vasca, que fue equiparado al tratamiento que tuvieron los mensajes escritos en inglés y francés.
La segunda tuvo que ver con la decisión del Ayuntamiento de utilizar el doble soporte, uno en castellano y otro en euskera, para la edición del calendario municipal, cuando hasta entonces se editaba un único calendario en los dos idiomas.
En ambos casos, la decisión del TAN supuso un duro e inesperado revés para los planes de Navarra Suma, que desde el inicio de la legislatura ha convertido la política lingüística en su campo de batalla ideológico.
En las dos ocasiones, el TAN hizo alusión expresa a la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que en sentencia del 14 de noviembre de 2002 ya dejó claro que el término bilingüe implica un "tratamiento idéntico" de las lenguas cooficiales.
En el caso del pañuelo alusivo a los 'No Sanfermines', el Tribunal mencionó en su dictamen la ordenanza del euskera vigente en estos momentos en Pamplona –que fue modificada por acuerdo entre Navarra Suma y PSN– donde se especifica que el término bilingüe conlleva que la información se dará en ambas lenguas y con idéntico formato.
Resulta evidente, como se puede comprobar en la imagen superior que ilustra esta información, que en el caso concreto del pañuelo no se trataba de igual forma al castellano y al euskera.
Con una anchura de 11 metros y una altura de 4,70 metros, el cartel fue colocado poco antes de las 12 horas del 6 de julio de 2020, permaneciendo en la balconada consistorial hasta primeras horas del 15 de julio.
Recogía el texto de 'LosViviremos' en castellano y por debajo, a un tamaño más reducido, su traducción al euskera, francés e inglés.
El TAN, tras el recurso de EH Bildu, concluyó que el pañuelo no respetaba la ordenanza del euskera: "El contenido, el tamaño y el contraste en la rotulación debió ser idéntico en ambas lenguas, no como es el caso, con texto –más en castellano– y letras en diferentes tamaños, mayor en castellano y menor en euskera".
El Tribunal desmontó el argumento empleado por el Ayuntamiento para situar al euskera al mismo nivel que en inglés y francés, más pequeño que en castellano: "Es artificiosa la distinción entre información, que según las tesis municipales sí estaría sujeta a las prescripciones de la ordenanza reguladora de la utilización del euskera en el Ayuntamiento, y publicidad, que no lo estaría".
Para el TAN, "la campaña, además del pañuelo litigioso colgado en el balcón de la Casa Consistorial, incluye elementos que se asemejan más a un Bando que a una mera publicidad".
Pocos días después de recurrir la resolución sobre el pañuelo, el Ayuntamiento adoptó la misma medida con respecto a la resolución del TAN sobre el calendario municipal.
La decisión de elaborar unos calendarios en castellano y otros en euskera fue adoptada por la Junta de Gobierno Local en noviembre de 2020.
Tras el recurso de alzada –presentado, como en el caso anterior, por Bildu– el Ayuntamiento elaboró un informe en el que justificaba la medida asegurando que así "se garantiza el debido cumplimiento de la función a la que se destina" y que los "destinatarios principales de los calendarios eran personas de la tercera edad", que según Navarra Suma tenían problemas para realizar anotaciones en el calendario si estaba en los dos idiomas.
El TAN rechazó este argumento y consideró que no justifica la razón por la que se repartieron dos soportes diferenciados.
En su dictamen fue claro al respecto: "Para garantizar el debido cumplimiento de la función a la que se destina un calendario no hace falta recurrir al doble soporte. Prueba de ello es que, como de todos es conocido, el Ayuntamiento de Pamplona sí ha confeccionado –y repartido a la ciudadanía– durante determinadas anualidades calendarios municipales bilingües en soporte físico único".