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Nuevas sanciones a Glovo por emplear a falsos autónomos y por trabajo irregular de personas extranjeras

La empresa de reparto acumula hasta 205,3 millones en multas, que afectan a 37.348 trabajadores en el Estado. Glovo ha anunciado que "va a recurrir" la propuesta de sanción alegando que el período inspeccionado es anterior a la entrada en vigor de la Ley
Un repartidor de Glovo en bicicleta.
Un repartidor de Glovo en bicicleta.

La Inspección de Trabajo ha impuesto nuevas sanciones a la empresa de reparto Glovo por un total de 57 millones de euros por empleo de falsos autónomos y por trabajo irregular de personas extranjeras.

Según han confirmado fuentes del Ministerio de Trabajo, se trata de actuaciones llevadas a cabo por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) en Glovo Madrid.

Las propuestas de sanción, adelantada por la Cadena Ser, responden a dos irregularidades.

Irregularidades

Por un lado, 7.022 faltas de alta de trabajadores en la Seguridad Social por una cuantía de 32,9 millones a los que se suman el acta de liquidación, que responde a la falta de cotización de esos trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social y que asciende a 19 millones.

Además, se ha sancionado con 5,2 millones por trabajo irregular de personas extranjeras sin el correspondiente permiso de trabajo, una medida que afecta a 813 personas.

En total, Glovo España acumula 205,3 millones en multas (actas de infracción y actas de liquidación) que afectan a 37.348 trabajadores.

Glovo recurrirá

La empresa de reparto "va a recurrir" la propuesta de sanción que ha impuesto la Inspección de Trabajo por valor de 57 millones de euros por empleo de falsos autónomos y por trabajo irregular de personas extranjeras. Glovo ha reaccionado así ante la imposición de dichas multas, confirmada por fuentes del Ministerio de Trabajo, tras actuaciones llevadas a cabo por la Inspección de Trabajo y Seguridad (ITSS) Social en la empresa en Madrid.

Respecto al expediente, Glovo ha alegado que el período inspeccionado al que se refiere es anterior a la entrada en vigor de la conocida como Ley Rider -que se aplica desde agosto de 2021-.

Ley Rider y promesas

La llamada Ley Rider fue aprobada con el objetivo de acabar con el uso de "falsos autónomos" como repartidores obligando a contratarlos como asalariados. En ese sentido, las fuentes de Glovo han argumentado que al considerar que no es consecuencia de esa ley la propuesta de sanción hace referencia a "un modelo operativo que ya no existe en España".

Tras el momento de la publicación de la ley en el Boletín Oficial del Estado, Glovo anunció que mantendría a la mayoría sus repartidores como autónomos bajo un nuevo modelo de relación. "No existe ningún informe de la Inspección Laboral ni ningún tipo de pronunciamiento judicial sobre el nuevo modelo inédito actualmente disponible en España", según han subrayado este martes las fuentes de Glovo.

El pasado septiembre, la Inspección de Trabajo notificó también otra multa de 79 millones de euros a Glovo en Barcelona y Valencia, por tener a 10.614 trabajadores como falsos autónomos. Entonces, Glovo argumentó también que el período inspeccionado era anterior a la Ley Rider.

2023-01-25T08:16:03+01:00
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