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Nueve excarcelaciones y 64 rebajas de penas por la ley del 'solo sí es sí' en Euskadi

En el conjunto del Estado, ya serían un total de 978 las rebajas de pena y 104 las excarcelaciones
Un cartel contra la violencia machista.
Un cartel contra la violencia machista.

Los tribunales vascos han acordado, al menos, 64 reducciones de condena en aplicación de la conocida como ley del 'solo sí es sí' y un total de nueve excarcelaciones, según los datos recabados hasta el día 31 de marzo por el Consejo General del Poder Judicial del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales.

En el conjunto del Estado, ya serían un total de 978 las rebajas de pena y 104 las excarcelaciones en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

En lo que respecta a Euskadi, el Tribunal Superior de Justicia ha realizado 13 revisiones de penas y ha acordado cuatro reducciones de condena y una excarcelación.

Por su parte, la Audiencia Provincial de Álava ha llevado a cabo 27 revisiones y ha determinado 12 reducciones de condena y dos excarcelaciones, mientras que hay cuatro casos "en trámite".

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha procedido a revisar 90 sentencias, con 42 reducciones de condena y un total de seis excarcelaciones.

Por último, la Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha llevado a cabo 21 revisiones y ha acordado seis reducciones de condena. Además, otros cuatro casos están "en trámite".

CONJUNTO DEL ESTADO

En el desglose de los datos recabados consta que en el conjunto del Estado el Tribunal Supremo ha aplicado 15 reducciones de condena, mientras que la Audiencia Nacional ha dictado una. Las audiencias provinciales, por su parte, han acordado 880 modificaciones a la baja y los TSJ han firmado 82 rebajas.

Así, el 40,5% de las revisiones del Supremo ha implicado una reducción de condena, según la información facilitada por el órgano de gobierno de los jueces. En la Audiencia Nacional el porcentaje de rebajas ha sido del 14,3%.

En cuanto a los TSJ el porcentaje ha alcanzado el 39,5% y en las audiencia provinciales el 31,6%. De esta forma, en total se han modificado condenas a la baja en el 32% de lo casos, de acuerdo a la cifra que maneja el CGPJ.

Respecto a las revisiones de condena, consta que las audiencias provinciales han efectuado 1.967; los TSJ, 86; el Supremo, 37; y la Audiencia Nacional 7.

Al revisar los datos por audiencias provinciales, en Madrid se han registrado 362 revisiones en Madrid, 118 rebajas y 16 excarcelaciones. Son 47 rebajas más que las rebajas registradas en el primer recuento del CGPJ y 8 excarcelaciones más.

En la lista de rebajas figuran también Alicante con 53 reducciones de condena; Cádiz con 48; Valencia y Baleares con 46; Bizkaia con 42 y Barcelona con 40.

En los Tribunales Superiores de Justicia también destaca la Comunidad de Madrid con 26 modificaciones a la baja. Le siguen Andalucía y Baleares con 6; Galicia con 5; Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Murcia, Navarra y País Vasco, con 4.

EXCARCELACIONES

El Consejo también ha presentado un desglose de los datos de excarcelaciones: 99 en las audiencias provinciales y 5 en los TSJ. No se ha registrado ninguna ni en el Supremo ni en la Audiencia Nacional.

Además de las 16 excarcelaciones acordadas por la Audiencia de Madrid, figuran 8 en Cádiz; y 6 en Bizkaia, Barcelona y Baleares, como las provincias en las que más salidas de prisión se han dictado.

Desde el CGPJ han recalcado que los datos que figuran en la tabla de las audiencias provinciales corresponden "exclusivamente" a revisiones de pena y "no incluyen aquellas sentencias de instancia dictadas en relación con hechos ocurridos antes de la entrada en vigor" de la ley en las que se ha aplicado ésta -y no la norma vigente en la fecha de los hechos enjuiciados- por ser considerada más favorable para el reo. Al hilo, ha indicado que los datos relativos al Tribunal Supremo corresponden a resoluciones dictadas en recursos de casación.

Además, ha explicado que para la obtención del dato total ha deducido las revisiones de pena que habían comunicado las audiencias provinciales, cuando éstas han sido desestimadas por los TSJ en vía de recurso; asimismo, ha sumado aquellas revisiones que, inicialmente denegadas por las audiencias provinciales, han sido finalmente estimadas por los TSJ en vía de recurso.

Según ha precisado el Consejo, los datos ofrecidos "no incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los Juzgados de lo Penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta cinco años de prisión, ante la dificultad de recabar esta información de los órganos unipersonales".

2023-04-15T15:59:03+02:00
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