Política

PNV, PSOE y Podemos dan pasos en los ejes que bloquean la reforma de la ‘ley mordaza’

Ofrecen que las faltas de respeto deban dirigirse a un policía concreto, identificar a los que usen pelotas de goma, y regular las ‘devoluciones en caliente’ en un año
El portavoz del PNV en el Congreso, Aitor Esteban, con Mikel Legarda, representante en cuestiones relativas a Interior y ‘ley mordaza’.

El Gobierno español y el PNV, que es el grupo impulsor de la iniciativa, acudirán este martes a la votación de la reforma de la ley mordaza con nuevas propuestas de desbloqueo, para que este debate vea la luz y no se vean frustradas las expectativas de cambiar la Ley de Seguridad Ciudadana de Rajoy en la legislatura progresista de Sánchez. PNV, PSOE y Unidas Podemos acudirán con documentos que añaden novedades con respecto a las posiciones defendidas en la última ponencia del 1 de febrero.

Lo hacen en los cuatro puntos que mantienen bloqueada la reforma, incluidas las devoluciones en caliente de migrantes, un aspecto en el que los socialistas han accedido a entrar tras haberse desmarcado de una enmienda anterior acordada solo entre los jeltzales y Podemos, y donde ahora existe, al menos, un compromiso de mínimos, aunque siga siendo el punto que más alejadas mantiene a las partes. Además, según las propuestas a las que ha tenido acceso este periódico, estos tres grupos proponen novedades como que las faltas de respeto a la autoridad se deban dirigir a un policía en concreto y en el desempeño de la labor que esté realizando, lo que pone límites a la sensación de arbitrariedad en la aplicación de estas sanciones. Y plantean identificar visualmente y de manera eficaz a los agentes que usen pelotas de goma como material antidisturbios. El articulado sobre este debate abre la puerta a fijar supuestos de “prohibición”.

Estos tres grupos han buscado una aproximación a ERC y EH Bildu, cuyas abstenciones son necesarias para que se supere este martes el trámite en comisión y se pase a pleno (la abstención de Junts parece más difícil). PNV, PSOE y Unidas Podemos han hilado más fino en el terreno de la desobediencia y las faltas de respeto a la autoridad, donde se profundiza en el camino emprendido en los últimos meses y se fijan más condiciones que tienen que concurrir a la hora de imponer estas sanciones. En concreto, para que una persona incurra en una infracción por actos humillantes o expresiones despectivas u ofensivas hacia las fuerzas de seguridad, estas expresiones se deben dirigir a “un” miembro de esas fuerzas de seguridad en específico, no a “los” miembros del Cuerpo en genérico. Deberá desacreditar las funciones que “realizan” estos agentes, y no bastará con desacreditar el ejercicio de la “función que representan”. No bastaría con una discrepancia genérica con el Cuerpo por lo que representa para ese ciudadano en cuestión.

Se intenta salvaguardar el “proporcionado ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión”, donde también cambia la redacción del artículo al introducir la palabra “proporcionado” y eliminar la palabra “respetuoso” ejercicio, que daba pábulo a un mayor margen para la interpretación.

EH Bildu había dicho en la ponencia de febrero que se podrá seguir multando a una persona por llevar una determinada camiseta con un mensaje reivindicativo, o por un tono de voz. En ámbitos del Gobierno y del PNV se interpretaba que hay quien pretende que estas sanciones desaparezcan, algo que ellos no aceptan porque creen que debe seguir existiendo el principio de autoridad. Han tratado de buscar un equilibrio fijando más criterios objetivos.

La redacción del artículo 37 quedaría de esta manera: “Son infracciones leves los actos humillantes o expresiones despectivas u ofensivas, dirigidas a un miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad, que desacrediten objetivamente el ejercicio de las funciones que estos realizan, cuando no sean constitutivas de infracción penal. Para entender cometida la infracción, deberá tratarse de expresiones o actos relevantes, sin que pueda considerarse sancionable la sola disconformidad con un mandato legítimo o el proporcionado ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión”.

Además, se rebaja la gravedad de una de las infracciones: alegar datos falsos o inexactos en los procesos de identificación pasa a ser una infracción leve en lugar de grave. La negativa manifiesta “y clara” a identificarse sí sigue siendo infracción grave. Esas infracciones graves se regulan en el artículo 36, donde se recoge la desobediencia. Como novedad, ahora se añade que debe ser no solo manifiesta, sino “clara”. Se mantiene para la infracción por resistencia el criterio de la “oposición corporal”, que no es nuevo y viene de la reunión de febrero.

PELOTAS Y “LESIONES IRREPARABLES”

PNV, PSOE y Unidas Podemos acudirán también con un consenso para establecer más garantías y estudiar el reemplazo de las pelotas de goma, que ERC y EH Bildu piden directamente que se prohíban. En la nueva redacción, se recoge una alusión expresa a la posibilidad de “prohibir” materiales en determinados supuestos, y se añade también como novedad que los agentes asignados en las unidades que utilicen estos materiales deberán ser identificados de manera “visual” y “eficaz”. Todo ello quedará al albur del estudio que tiene que realizar el Ministerio del Interior, una cuestión que ya se había pactado, pero a la que ahora se le añade un plazo de “doce meses”, y la participación de “expertos y organizaciones de la sociedad civil”.

Se regula en varios puntos. La disposición adicional sobre el material antidisturbios es la que establece que el Ministerio elaborará en doce meses un estudio y, a partir de sus conclusiones, deberá desarrollar “protocolos específicos, de acuerdo a estándares internacionales”, sobre la gestión de manifestaciones y reuniones, incluyendo el uso de la fuerza y material “de manera gradual y progresiva, los supuestos de limitación o prohibición de uso de cada material” y “los mecanismos para la adecuada y eficaz identificación visual de los agentes asignados en las unidades que utilicen este tipo de material”. El artículo 23.4 incorpora una alusión a evitar los materiales “que causen lesiones irreparables”. Se apuesta también por aludir a la participación de expertos y sociedad civil en la exposición de motivos.

‘DEVOLUCIONES EN CALIENTE’

Sobre las devoluciones de migrantes en frontera, se ha articulado un consenso con el PSOE para que estos rechazos se produzcan respetando la normativa internacional de derechos humanos y para que, a tal fin, el Gobierno español dicte las disposiciones necesarias para ello en doce meses. Esta alusión se incluye en una disposición final segunda que, a su vez, modifica la Ley de Extranjería. El avance en este caso radica en que el PSOE se suma al consenso. En realidad, el plazo de doce meses supera a los tres que habían firmado PNV y Podemos en la ponencia de febrero, y además habían añadido que, sin ese protocolo, las devoluciones no podrían llevarse a cabo. Pero ahora consiguen incorporar al PSOE, que se había resistido a abrir este melón en la ley mordaza y lo fiaba todo de manera etérea a una futura revisión de la Ley de Extranjería sin fijar de antemano ningún compromiso por escrito, que ahora sí existe.

La disposición final segunda queda redactada de esta manera: “En todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte. A tal fin, en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno dictará las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de lo señalado en el párrafo anterior”.

Este es un compromiso de mínimos que trata de buscar un camino intermedio. Por un lado, ERC y EH Bildu han exigido que se ponga fin a las devoluciones en Ceuta y Melilla, un proceso que deja a los migrantes sin opción de ejercer una defensa jurídica pero, por otro lado, el PSOE niega siquiera que se estén produciendo. El Tribunal Constitucional, por su parte, permite la devolución de migrantes si se respetan las garantías legales. El acuerdo PNV-PSOE-Unidas Podemos pretende desarrollar este principio con el compromiso de establecer un protocolo en doce meses.

La polémica migratoria en realidad toca de manera muy tangencial la Ley de Seguridad Ciudadana. Es una especie de cuerpo extraño que introdujo el PP en la ley, donde coló con calzador la posibilidad de las devoluciones en caliente y ahora deja una papeleta para los grupos que pretenden reformarla, y que se ven inmersos en una discusión a la que conceden gran relevancia pero que no va a lo nuclear de la ley mordaza, las desobediencias o el derecho a la protesta. PNV, PSOE y Unidas Podemos han alcanzado un consenso que incorpora al fin a los socialistas con el compromiso de elaborar un protocolo y un plazo concreto.

LAS NUEVAS PROPUESTAS DE PNV, PSOE Y UNIDAS PODEMOS PARA REFORMAR LA ‘LEY MORDAZA’

  • ‘Devoluciones en caliente’. Hasta la fecha estaba sobre la mesa una propuesta firmada solamente por PNV y Unidas Podemos (no por el PSOE) que apostaba por realizar las devoluciones de migrantes en frontera “respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte”. Ahora se ha incorporado el PSOE, que acepta fijar un plazo de doce meses para redactar un protocolo a partir de la entrada en vigor de la ley: “A tal fin, en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno dictará las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de lo señalado en el párrafo anterior”. Este precepto se incluye a modo de disposición final segunda, que a su vez modifica la disposición adicional décima de la Ley de Extranjería.
  • Uso de pelotas de goma. Se matiza que se puede trabajar la exposición de motivos, tras cerrar un acuerdo en el articulado, para terminar de perfilar el acuerdo final. En la exposición de motivos debe incluirse una referencia a la disposición adicional de material antidisturbios y a que los protocolos se elaborarán con la participación de expertos y organizaciones de la sociedad civil. Esa disposición dice que el Ministerio del Interior elaborará un estudio sobre el empleo del material antidisturbios en doce meses, redactará protocolos incluyendo los supuestos de limitación o prohibición de cada material, y los mecanismos para la “eficaz identificación visual de los agentes asignados en las unidades” que lo usen. Asimismo, el artículo 23.4 plantea evitar materiales que “causen lesiones irreparables”.x
  • Desobediencia y faltas de respeto. Será una infracción grave la desobediencia a la autoridad cuando sea manifiesta y “clara”. La negativa a identificarse también debe ser clara. Pasa a ser infracción leve y no grave la alegación de datos falsos en los procesos de identificación, otra novedad. Serán infracciones leves los actos humillantes o expresiones despectivas u ofensivas dirigidas a “un” miembro de las fuerzas de seguridad, que lo desacrediten objetivamente en el ejercicio de las funciones que “realiza”. No bastará una opinión política crítica con el Cuerpo en general. Se intenta salvaguardar el “proporcionado ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión”, donde también cambia la redacción del precepto al introducir la palabra “proporcionado” y eliminar la palabra “respetuoso” ejercicio de la libertad de expresión, que dejaba mayor margen para la interpretación.
13/03/2023