Reala

Por qué el árbitro debía haber suspendido el Real-Anderlecht

Había base legal para interrumpir el partido de la Europa League por el lanzamiento de objetos
El árbitro rumano Marian Barbu, durante el Real Sociedad-Anderlecht. / RUBEN PLAZA
El árbitro rumano Marian Barbu, durante el Real Sociedad-Anderlecht. / RUBEN PLAZA

Buena parte de la grada de Anoeta reclamó que se detuviera el partido cuando algunos aficionados del Anderlecht empezaron a lanzar objetos, cristales y asientos al anillo inferior, poniendo en riesgo a los seguidores locales de la grada familiar. Había argumentos y base legal para ello, pero nadie tomó cartas en el asunto durante el choque, algo que con posterioridad la Real ha reclamado y pedirá explicaciones a la UEFA.

Al margen de lo que dicen las estipulaciones de la Federación Europea, que pertenecen a la esfera del Derecho privado y que en materia de orden público tienen un alcance reducido, las leyes estatales son claras y se podían haber aplicado en el comienzo de los incidentes.

Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte que se suele emplear para sancionar conductas antideportivas cada fin de semana fija el marco legal para haber interrumpido el choque. En su artículo 15, el citado texto faculta al árbitro o juez deportivo que dirija el encuentro a "decidir su suspensión provisional como medida para el restablecimiento de la legalidad".

Para ello deben darse "incidentes de público relacionados" con las conductas definidas en dos artículos de la misma ley, que son el 2 y el 7. En el primero de ellos se tipifican "altercados, riñas, peleas o desórdenes públicos" tanto dentro como fuera del estadio; y la exhibición de "pancartas, símbolos, emblemas o leyendas" que "inciten, fomenten o ayuden a la realización de comportamientos violentos o terroristas, o constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo".

En el artículo 7 se establecen como condiciones para permanecer en un recinto deportivo:

  • a) No agredir ni alterar el orden público.
  • b) No entonar cánticossonidos o consignas racistas xenófobos, de carácter intolerante, o que inciten a la violencia o al terrorismo o supongan cualquier otra violación constitucional.
  • c) No exhibir pancartasbanderassímbolos u otras señales que inciten a la violencia o al terrorismo o que incluyan mensajes de carácter racistaxenófobo intolerante.
  • d) No lanzar ninguna clase de objetos.
  • e) No irrumpir sin autorización en los terrenos de juego.
  • f) No tener, activar o lanzar, en las instalaciones o recintos en las que se celebren o desarrollen espectáculos deportivos, cualquier clase de armas o de objetos que pudieran producir los mismos efectos, así como bengalas, petardos, explosivos o, en general, productos inflamables, fumíferos o corrosivos.
  • g) Observar las condiciones de seguridad oportunamente previstas y las que reglamentariamente se determinen.

Fueron tres jugadores realistas que calentaban en la banda quienes tras varios instantes con los incidentes, lo comunicaron al linier, que se lo trasladó al colegiado, el rumano Marian Barbu. Segundos después, Anoeta escuchó la habitual mensaje por la megafonía de cantar y animar de forma respetuosa, algo que fue recibido con música de viento ante el cariz de los acontecimientos.

¿La Real es responsable?

Las Regulaciones Disciplinarias de la UEFA sitúan en los clubes locales la responsabilidad del "orden y la seguridad" en torno a un partido. A diferencia de lo que afirmó el presidente realista, Jokin Aperribay, tras el encendido y lanzamiento de bengalas en noviembre de 2023 con motivo de la visita del Benfica (que circunscribió esta lacra en un problema de "seguridad ciudadana"), la UEFA señala en dichas Regulaciones que los clubes son responsables del orden "tanto dentro y alrededor del estadio antes, durante y después de los partidos".

"Todas las asociaciones y los clubes deberán cumplir con las obligaciones definidas en las Normas de Seguridad y Reglamento de Seguridad", desarrolla la UEFA, que explicita en el artículo 16 del citado documento que "son responsables de incidentes de cualquier tipo y pueden estar sujetos a medidas y directivas disciplinarias a menos que puedan demostrar que no han sido negligente de cualquier manera en la organización del partido".

Una formulación lo suficientemente abierta para que la UEFA pueda castigar los hipotéticos fallos de seguridad en los controles que son responsabilidad de la Real como pueda exonerar al club realista e imputar solo al Anderlecht por las acciones de varios seguidores de la Zona Visitante.

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2024-10-04T08:14:33+02:00
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