Estas son fechas de regalos y, como siempre, los tecnológicos se llevan la palma a la hora de ser los más demandados y comprados. Sin embargo, hay una razón para aplazar unos días tu compra de aparatos como un móvil, un ordenador o un electrodoméstico: desde enero, la garantía legal de un producto se amplía de dos a tres años. También se amplía de seis meses a dos años el plazo durante el cual el consumidor no tiene que demostrar la falta de conformidad del producto.
Al mismo tiempo, los fabricantes deberán garantizar la existencia de repuestos hasta un mínimo de diez años (hasta ahora eran solo cinco años). Una medida que fomentará las reparaciones y por lo tanto la durabilidad y sostenibilidad de un producto.
Ante estos cambios normativos, y dado que sólo será necesario retrasar la adquisición de los productos unos pocos días, la OCU recomienda aplazar, en la medida de lo posible, la compra de los regalos tecnológicos y los electrodomésticos al 1 de enero.
La medida contempla la ampliación del plazo de la garantía hasta 3 años. En concreto de ellos, durante los 2 años primeros, el consumidor no tiene que demostrar la falta de conformidad del producto, lo que facilitará la reparación, un plazo que en la actualidad es de solo 6 meses y que se ha demostrado claramente insuficiente. Los datos de OCU señalan que el 40% de los consumidores afectados por un problema durante el periodo de garantía ni siquiera intenta que se lo reparen, por las dificultades que encuentran.
Resulta además muy relevante la ampliación del plazo de disponibilidad de los repuestos hasta 10 años que va en línea con la Agenda Europea del consumidor y pretenden facilitar la transición ecológica hacia un consumo más sostenible y luchar contra la obsolescencia prematura. Estas medidas que van en un sentido positivo se deben completar con otras, como son la creación de un Índice de reparabilidad de los productos que permita a los consumidores elegir los productos más duraderos y sostenibles.
Con estas nuevas medidas a favor de los consumidores, entre otras, se incorpora al Derecho español la Directiva Europea 2019/771 de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes, que debía trasponerse a nuestro ordenamiento antes del 1 de julio de 2021 (los cambios entran en vigor el 1 de enero de 2022) para mantener la apuesta europea por la sostenibilidad y racionalización del consumo incluida en la Agenda Europea del Consumidor.
Sí debes de tener en cuenta, no obstante, que muchas marcas ya ofrecen estas mismas garantías y que otras han adecuado los plazos a la nueva normativa para evitar ver penalizadas sus ventas durante unos días. En cualquier caso no está de más que lo compruebes antes de efectuar el desembolso.