La Audiencia de Barcelona ha condenado a un hombre, Jorge Luís T., a prisión permanente revisable por abusar sexualmente de su expareja, aprovechándose de su estado de semiinconsciencia por ingesta de alcohol, y después asesinarla en octubre del 2019 en la ciudad de Vic (Barcelona).
En concreto, el tribunal del jurado impone al procesado la pena de siete años de prisión por un delito de abuso sexual y le condena además a prisión permanente revisable por asesinato con alevosía con agravante de parentesco y discriminación por razón de sexo.
La magistrada presidenta le impone también una indemnización de 800.000 euros para los familiares de la mujer asesinada, entre ellos, el hijo de ambos, que en el momento del crimen tenía casi cinco años de edad.
Se sentía superior a las mujeres
En la sentencia, el tribunal considera, basándose en el veredicto del jurado popular que calificó los hechos, que el procesado merece el máximo reproche penal por "sentirse superior" a las mujeres, demostrando con el asesinato que consideraba a la víctima como una persona inferior a él.
"Se lleva a cabo una situación de subyugación del autor sobre la víctima", sostiene la sentencia, no solo porque fueron pareja, sino por el hecho simple de ser mujer.
El asesino había mantenido una relación de pareja y de convivencia con la víctima durante varios años, hasta que la mujer rompió con él unos tres meses antes del crimen.
Los hechos: abuso sexual y asesinato con alevosía
En la madrugada del 20 de octubre del 2019, detalla la sentencia, la víctima se encontraba en su domicilio casi inconsciente por su estado de embriaguez y, sin que ella pudiera ni siquiera expresar su consentimiento, el procesado abusó de ella.
Tras ello, una vez ella estaba dormida, colocó sus manos alrededor del cuello de la víctima "con intención de acabar con su vida" y le causó una insuficiencia respiratoria y una asfixia que acabó con la vida de la mujer.
El procesado efectuó el ataque, señala la sentencia, de forma súbita, aprovechando la hora, el cansancio y el estado de somnolencia en el que se encontraba la víctima que, debido a su intoxicación etílica, no pudo ofrecer resistencia u oposición alguna a la agresión.
Plenamente consciente de sus actos
El tribunal dice, además, que el procesado era plenamente consciente de lo que hacía, porque no tenía ningún tipo de descontrol emocional que afectara a sus capacidades, y añade: "Llevó a cabo los hechos con total falta de consideración y absoluto desprecio a la condición de mujer de la víctima".
La sentencia, siguiendo el veredicto del jurado popular, confirma que esos hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual con penetración y otro delito de asesinato con alevosía, con un agravante por ser un crimen machista.
Retirada la custodia del hijo
Por todo ello, el tribunal castiga al procesado a siete años de prisión por el primer delito y a la pena de prisión permanente revisable por el asesinato, y le impone también 10 años de libertad vigilada en el caso que salga de la cárcel en una revisión de su pena permanente.
Asimismo, ordena indemnizar a varios familiares de la víctima por el impacto emocional que les ha causado con unas cuantías que, en conjunto, llegan a los 800.000 euros, y le retira la patria potestad del hijo menor de edad que había tenido con la víctima.