Política

Qué es y cómo funciona la cuestión de confianza a la que se puede someter Pedro Sánchez

Se trata de una figura que aparece recogida en el artículo 112 de la Constitución española
Sánchez en el Congreso, junto a los ministros, María Jesús Montero, Yolanda Díaz, Teresa Ribera, Félix Bolaños y Fernando Grande Marlaska. / EFE

La carta remitida ayer por Pedro Sánchez a la ciudadanía ha levantado un gran revuelo político y mediático. El presidente del Gobierno español anunciará el próximo lunes su decisión tras varios de reflexión sobre su futuro. Además de dimitir o convocar elecciones entre las opciones que se barajan está la llamada cuestión de confianza a la que se podría someter Sánchez para salir reforzado. ¿Cómo funciona y en qué consiste esta figura?

La cuestión de confianza aparece recogida en la Constitución española en su artículo 112. "El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados", indica este artículo.

El reglamento del Congreso de los Diputados señala al respecto que la cuestión de confianza se presentará en escrito motivado ante la Mesa del Congreso, acompañada de la correspondiente certificación del Consejo de Ministros.

Debate y mayoría simple

Una vez admitido el escrito a trámite por la Mesa, la presidencia del Parlamento, Francina Armengol, dará cuenta del mismo a la Junta de Portavoces y convocará al pleno.

En este pleno el debate se desarrollará con sujeción a las mismas normas establecidas para el de investidura, correspondiendo al presidente español, en este caso Pedro Sánchez, y, en su caso, a los miembros del mismo, las intervenciones allí establecidas para el candidato.

Una vez terminado el debate, la propuesta de confianza será sometida a votación a la hora que, previamente, haya sido anunciada por la presidencia de la Cámara. La cuestión de confianza no podrá ser votada hasta que transcurran veinticuatro horas desde su presentación.

Para que salga adelante la cuestión de confianza deberá obtener mayoría simple de votos.

26/04/2024