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Salud defiende que el pago de las mascarillas estaba avalado por la situación de emergencia

El gerente de Osasunbidea, Gregorio Achutegui, ayer en la comisión del Parlamento.
El gerente de Osasunbidea, Gregorio Achutegui, ayer en la comisión del Parlamento.

El director gerente del Servicio Navarro de Salud, Gregorio Achutegui, ha afirmado este martes que el pago de las mascarillas adquiridas a la empresa Efficold en verano de 2020 estuvo avalado por la situación de emergencia provocada por la pandemia de covid-19. Cabe recordar que Intervención concluyó que aunque la operación tuvo deficiencias esta era perfectamente legal.

Achutegui ha explicado, en una comparecencia parlamentaria solicitada por Navarra Suma, que el marco normativo que regía en la pandemia declaraba aplicable “la tramitación de emergencia a todos los contratos que hayan de celebrar las Administraciones públicas de Navarra o sus organismos públicos para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y otras medidas adoptadas por el Gobierno de Navarra para hacer frente a la covid-19”. Según ha señalado, se trata de un régimen excepcional que justifica la ausencia de los trámites formales y ordinarios, incluso el de la existencia de crédito suficiente que requiere cualquier expediente de contratación.

El gerente del SNS ha explicado que la legislación prevé que, ejecutadas las actuaciones objeto de este régimen excepcional, el órgano de contratación procederá a la aprobación de las mismas y del gasto correspondiente, previa justificación técnica y jurídica de su carácter de emergencia y fiscalización de la Intervención. Sin embargo, en noviembre de 2020, la interventora delegada del departamento de Salud interpuso un reparo suspensivo a este contrato, pero el SNS no lo aceptó, manifestando su discrepancia. Se levantó finalmente el reparo suspensivo por el director general de Intervención con fecha 29 de junio de 2022.

Régimen excepcional

“A diferencia de lo que ocurre en los expedientes de tramitación ordinaria, en los que la suspensión de la tramitación implica, por el momento en el que se produce, que el contrato no llegue a aprobarse y, por tanto, no surjan obligaciones entre las partes, en el caso que nos ocupa, el contrato celebrado entre el órgano gestor y la empresa se estaba ya ejecutando, siendo precisamente el régimen excepcional al que están sometidos los contratos de emergencia lo que justificaba que así fuera, y consecuentemente existían obligaciones entre las partes, consistiendo las principales en la entrega de las mascarillas, por parte de Efficold, y el abono de las mismas, por parte del SNS-O, en los términos pactados”, ha expuesto Achutegui.

Explicaciones insuficientes

Para Cristina Ibarrola, parlamentaria de Navarra Suma, que fue quien ha pedido la comparecencia, las explicaciones de Achutegui han sido insuficientes y no satisfacen a su coalición. Ibarrola ha criticado que “la situación de suministro de mascarillas FFP2 no era crítica en absoluto a final de 2020 y se pagaron a 2,30 euros más IVA mientras en el mercado estaban a 20 céntimos”.

2022-10-19T18:31:03+02:00
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