Economía

¿Se pueden negar a que pagues con tarjeta si no llegas a una cantidad mínima?

Sigue habiendo establecimientos comerciales que obligan a abonar en efectivo si no se alcanza cierto importe
Dos personas sujetan una tarjeta.

Cada vez es menos común, pero todavía sigue pasando en ciertos establecimientos comerciales, sobre todo en tiendas pequeñas: acudes a comprar una o dos cosas y no llevas efectivo, con lo que te dispones a pagar con tarjeta. Pero entonces te fijas en un cartel que pone: “Importe mínimo con tarjeta: 6 euros”. O directamente te avisa de ello la persona que está en la caja. Y entonces no te queda más remedio que marcharte de la tienda con las manos vacías o pedir que te guarden la compra a un lado y buscar un cajero automático cercano en el que obtener efectivo.

Echan la culpa a las comisiones

Una molestia para los clientes (que cada vez utilizan menos las monedas y billetes en sus compras diarias) que los comerciantes imponen asegurando que las comisiones que les cobran los bancos por cada pago con tarjeta no les son rentables en caso de compras por tan poco importe. Pero hay que tener en cuenta que esas comisiones son cada vez más bajas, lo que ha llevado también a que se reduzca el número de establecimientos que siguen poniendo límites mínimos a los pagos con tarjeta.

De hecho, según una encuesta del Banco de España realizada a mediados de 2021, el 84% de los comercios ya no impone ninguna restricción para pagar con tarjeta y entre el 16% restante el límite mínimo que establecen es de 11 euros de media. Probablemente casi tres años después ese 84% ya se acerque bastante al 90%.

¿Es legal que lo hagan?

Pero, más allá de que cada vez sean menos los comercios que fijen esas cantidades mínimas, ¿es legal que lo hagan? Como no hay ninguna norma que diga lo contrario sí que lo pueden hacer, informando, eso sí, siempre a los consumidores por medio de carteles bien visibles, para que estos no queden desprotegidos y no pierdan tiempo cogiendo unos productos que al llegar a caja no les van a permitir abonar mediante una tarjeta de débito o de crédito. Lo que sí impide la normativa de pagos es cobrar un recargo por pagar con tarjeta.

Posibles sanciones

En cualquier caso, esa decisión de exigir una cantidad mínima para aceptar los pagos con tarjeta la toman de forma unilateral los comercios y no viene impuesta por las entidades bancarias o por los sistemas emisores de tarjetas. Es más, si esos establecimientos lucen los distintivos de Visa o de MasterCard, el contrato de afiliación a esos sistemas suele establecer sanciones para el dueño del datáfono que fije esos límites mínimos.

12/05/2024