La polémica en torno a la nueva Ley de Garantías Sexuales, la denominada ley del sólo sí es sí que gira en torno al concepto clave del consentimiento como eje de las relaciones sexuales, dará que hablar también en Navarra. Conviene recordar que la norma se aplica de manera retroactiva siempre que pueda favorecer al reo, es decir, que se puede aplicar un cambio en las condenas en caso de que favorezcan a los condenados, según estipula la legislación penal española. La Audiencia Provincial, que recibió el pasado viernes la primera petición para revisar una sentencia por un delito sexual (un condenado a 9 años solicita que se le aplicaran 7 por violar a su pareja en la Taconera, con lo que lleva implícita la agravante de parentesco), tiene sobre la mesa en sus dos secciones penales hasta media docena de procedimientos con sentencia en firme que pueden ser susceptibles de ser revisados.
Las defensas de los condenados así lo han solicitado después de analizar si con la nueva norma podían beneficiarse de una rebaja en las condenas. Entre ellos, destaca el caso de Ángel Boza, uno de los condenados en la violación grupal de Sanfermines cometida por cinco sevillanos de la autodenominada Manada, cuyo abogado ha solicitado la revisión de su condena y que se le rebaje la condena establecida de 15 años de prisión a 13 años y 9 meses. El resto de agresores de este caso no se verían beneficiados del nuevo Código Penal en el que se han fusionado los delitos de abusos y de agresión sexual dentro de esta última nomenclatura.
Los otros cuatro casos (además de La Manada y el primero que se presentó por la agresión en La Taconera) en que se han solicitado la revisión y se ha pedido rebajar la pena son:
- Condena de 7 años para un acusado de haber violado a una amiga en Estella en abril de 2018. Ahora solicita que se le rebaje la condena a 5 años. El procesado, natural de Ecuador, de 29 años, fue condenado después de que la Audiencia y el TSJN avalaran el testimonio de la víctima, que fue corroborado con otras evidencias. Se le condenó por agresión sexual con la atenuante de embriaguez. Los hechos ocurrieron de madrugada, cuando el acusado había preparado una fiesta porque iba a ser padre, y la víctima era una de las invitadas. Al salir juntos a la calle, él la acompañó hasta un cajero y luego la llevó en coche, donde la violó.
- Condenado de conformidad en Tierra Estella a 6 años y 3 meses de cárcel. Solicita que se le rebaje a 5 años o 5 años y 4 meses, debido a que su letrado entiende que se le aplicó una pena mínima dentro del delito de agresión sexual y dicho mínimo ha sido rebajado. El acusado es un hombre de 55 años que en agosto de 2020 agredió sexualmente a una mujer en una localidad de Tierra Estella. Se le encarceló en el momento de los hechos. La agresión sexual se perpetró sobre las 22.30 horas del 22 de agosto de 2020, cuando el inculpado y la víctima se dirigieron al domicilio de éste. Allí, una vez en el interior de su dormitorio, el condenado agarró con violencia a la mujer y la golpeó. Le puso el antebrazo en el cuello y trató de violarla. Tras volver a abalanzarse sobre ella, volvió a agredirla sexualmente y la obligó a masturbarle.
UNA DE LAS CLAVES
Fusión de los delitos de abuso y agresión sexual. Antes, la agresión sexual estaba penada entre 6 y 12 años, ahora está penada entre 4 y 12 años.
- Condenado a 7,5 años de prisión por una violación a una joven en plena calle en el barrio de San Juan en mayo de 2016. Fue condenado junto a otro joven, del que la Audiencia entendió que no había llegado a consumar la agresión, por lo que se le impuso 6,5 años. Ahora, el recurrente ha solicitado que se le rebaje a cinco años la pena de prisión. Lleva casi ese tiempo en la cárcel. Su defensa entiende que fue condenado por agresión sexual (delito que estaba penado entre 6 y 12 años) a una pena ponderada de 7,5 años, por encontrarse en el tramo medio de la mitad inferior de la condena (6-9 años). Ahora, su abogado considera que le corresponderían 5 años porque la nueva horquilla del delito serían de 4 a 12 años y la mitad inferior estaría entre 4 y 8 años.
- Un vecino de Tierra Estella, condenado a 14 años por abusos sexuales (10 años) y corrupción de menores (4 años). Por este último delito no se le puede revisar la sentencia, pero sí por los abusos y su defensa reclama que se le rebaje a 6 años. Se le condenó junto a un policía nacional y a un asesor laboral que abusaron de dos menores a los que conocían en una red social. Su defensa considera que el caso lo rodean unas circunstancias especiales, como que el menor no dijera su edad real y que fuera condenado por dolo eventual y no dolo directo. Además, entiende que no se le adoptó medida cautelar de prisión provisional por no haber riesgo de fuga antes de la condena, que ha cumplido con las obligaciones que le impuso la Justicia y que ha pagado la responsabilidad civil y las costas.