Las multas de tráfico son una de las sanciones más molestas a las que nos podemos enfrentar. Sin embargo, muchas veces podemos recurrirlas y así evitar el pago. Para ello, es suficiente con leer y rellenar la parte inferior del documento, donde vendrá con todo detalle cuál es el procedimiento a seguir.
Aunque pueda parecer un proceso tedioso, existe solución a ello. Uno de los aspectos a tener en cuenta es si estamos seguros de no haber cometido la infracción, o si no hemos sido notificados correctamente.
Cuándo hacer el trámite
A pesar de que los precios de las multas de aparcamiento varían entre los 100 y 200 euros dependiendo de la gravedad de la infracción, es cierto que no se aconseja reclamar en todas las ocasiones.
Es decir, si no se cumplen algunos requisitos que nos garanticen librarnos de la infracción, es preferible abonar el importe directamente. Porque, en el supuesto de que reclamemos, no podremos beneficiarnos del 50% de descuento aplicable por pronto pago.
Seis trucos para recurrir una multa
Una vez habiendo confirmado que se va a proceder a recurrir la multa de aparcamiento, se puede realizar siguiendo una serie de pequeños trucos. Estos son los más importantes.
El faldón de recursos
Las resoluciones administrativas que se comuniquen a un particular deben incluir siempre información sobre los recursos a interponer y los plazos para poder realizarlos.
Si se recibe una denuncia sin faldón no hace falta notificarlo. De lo contrario, al cabo de unos plazos determinados la multa carecerá de total validez.
Datos incorrectos
Si la notificación recibida contiene algún dato incorrecto, ya sea en la matrícula, nombre o cualquier otro, la sanción se puede recurrir e invalidar por defecto de forma.
La identidad del agente denunciante
Solo pueden interponer sanciones tanto funcionarios públicos como agentes de la autoridad. En ese caso, la multa se puede recurrir alegando que su mera declaración no goza de presunción de veracidad.
Plazo de prescripción
Según la Ley de Tráfico, las infracciones leves prescriben en tres meses y las graves y muy graves en seis meses. El plazo de prescripción comienza el día de la infracción y puede interrumpirse por acciones administrativas. Es por eso que presentar recursos puede hacer que el tiempo transcurra y, con suerte, la multa prescriba.
Prueba fehaciente
En el caso de que el agente denunciante no realizara fotografías al vehículo, se puede alargar el tiempo a la espera de que la sanción caduque, y, por consiguiente, librarnos de la multa completa por falta de pruebas.
El lugar de los hechos
Otra opción es acudir al lugar de la sanción para observar el ambiente. Si las señales que indicaban la prohibición de aparcar no son perfectamente visibles, se puede invalidar la multa.