Sí, una empresa puede contratar un detective privado para controlar la actividad de un trabajador cuando se encuentre en situación de incapacidad temporal.
Aunque la norma, como casi todas, tiene excepciones. Por ejemplo, que el profesional que la realice sea un detective acreditado. Y, lo más importante, que no haya una intromisión en la vida privada del empleado como ha ocurrido con un trabajador que fue sancionado por su empresa por estar jugando al golf estando de baja médica. El TSJPV ha ratificado la decisión de un juzgado donostiarra que obliga además a la empresa a indemnizar con 15.000 euros al trabajador por daños y perjuicios. "La ley impide que los detectives privados se entrometan en las vidas privadas de los trabajadores accediendo a lugares privados, y en este caso parece que ese detective entró en un club de golf privado y por eso el TSJPV considera que se ha extralimitado y que ha afectado a su actividad privada", ha explicado en Onda Vasca Ignacio Jaurrieta, abogado de Montes y Asociados.
En este sentido, la propia sentencia del Juzgado de lo Social 2 de Donostia anuló la prueba al estimar que se había infringido el artículo 48 de la Ley de Seguridad Privada que establece que "en ningún caso se podrá investigar la vida íntima de las personas que transcurra en sus domicilios u otros lugares reservados", como el mencionado club de golf. El TSJPV recuerda, asimismo, que el lugar donde se tomaron las fotografías jugando al golf era un "lugar reservado", un lugar privado sin acceso público, lo que lleva a confirmar la "ilicitud de la prueba y discernir que con la misma se llevó a cabo un acto de intromisión en el derecho a la intimidad del demandante en el desarrollo de su proceso de incapacidad temporal".
¿Y las cámaras de seguridad instaladas en la empresa?
El abogado Ignacio Jaurrieta también recuerda que, aunque no es muy común, las empresas pueden establecer a la hora de firmar un contrato que el trabajador acepte que puede ser objeto de seguimiento. Y que cada vez son menos las empresas que recurren a este tipo de prácticas.
En el caso de las cámaras de seguridad del centro de trabajo, también es importante el consentimiento informado. "La empresa nos dice que instala las cámaras para evitar robos pero la realidad es que por este tipo de cámaras nos encontramos con que se pilla a un trabajador haciendo algo que no debería en su puesto de trabajo. Es importante el consentimiento, informar al trabajador de que existe esa cámara y la finalidad a la que se dedica. Si el trabajador está correctamente informado podrá ser sancionado por hacer algo que no tiene que hacer, pero si no es así esa prueba se puede cuestionar".
¿Qué se puede hacer estando de baja?
Este asunto suele generar controversia y creencias populares, como la de la obligación de estar en casa antes de las 22:00, que no tienen base jurídica.
Jaurrieta explica que la actividad que se realiza no puede ser "contraproducente contra la patología" que se sufre. Es decir, retrasar su recuperación. En el caso del trabajador sancionado por estar jugando al golf, la sentencia precisa que un proceso patológico como es el trastorno adaptativo no especificado que sufría en ese momento el trabajador "no tiene contraindicado una actividad deportiva como es el ejercicio del golf" y tampoco incide en el hecho de que estando de baja se trasladara a una segunda residencia.