El Gobierno de Navarra ha abierto ya el plazo de solicitud de ayudas para refugiados ucranianos que viven en Navarra. Para optar a ellas, hay que cumplir tres requisitos: estar empadronado en la Comunidad Foral, acreditar no tener recursos económicos y no estar dentro de los programas de protección y emergencia estatales. Si cumples estos requisitos o conoces a alguna refugiada ucraniana que los cumpla, en este artículo te explicamos cómo solicitar estas ayudas, qué cuantía corresponde en cada caso y qué lugares hay habilitados para ello. También en este documento del Gobierno de Navarra están todas las claves en ucraniano.
¿Cuánto voy a recibir y durante cuánto tiempo?
Es una ayuda económica de 400 euros al mes por persona adulta, más 100 euros al mes por menor de edad a cargo. Si hay más de una persona responsable de la persona menor, sólamente una de ellas podrá recibir la cuantía adicional. Las ayudas se concederán por un periodo inicial de 4 meses y se abonarán mensualmente, a meses vencidos, mediante ingreso en la cuenta bancaria que la persona solicitante haya indicado.
Las ayudas económicas se concederán por orden de solicitud, siempre que se cumplan los requisitos y que la documentación aportada sea correcta y completa, hasta el límite de crédito presupuestario. Si una vez cubiertas todas las ayudas para el periodo inicial de 4 meses existiera todavía crédito, se prorrogará automáticamente la ayuda hasta un máximo de 6 meses.
¿Qué se considera tener carencia de recursos económicos?
Las personas que acrediten carencia de medios económicos tienen que tener unos ingresos y rentas iguales o menores a las siguientes:
- Un adulto: 481,63 euros
- Un adulto y 1 menor: 629,12 euros
- Un adulto y 2 menores: 776,61 euros
- Un adulto y 3 menores: 924,10 euros
- Un adulto y 4 o más menores: 1.071,59 euros
¿Qué documentación hay que presentar?
La solicitud se presentará mediante instancia general. Está disponible en los Registros del Gobierno de Navarra y también en el siguiente enlace. Además de la instancia general cumplimentada, hay que presentar la siguiente documentación:
- Documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante y, en su caso, de los menores a cargo por los que se solicita ayuda.
- Resolución por la que se concede el régimen de protección temporal. En el caso de que también se solicite ayuda por menor a cargo, deberá acreditarse el vínculo con la persona menor de edad a cargo mediante resolución por la que se concede el régimen de protección temporal de manera conjunta.
- Certificado de empadronamiento, expedido con posterioridad al 30 de octubre de 2022. Si se solicita ayuda por menor a cargo, deberá presentarse el certificado de empadronamiento conjunto con la persona menor de edad.
- Declaración responsable firmada por la persona beneficiaria en la que: manifieste que carece de medios económicos; manifieste que, en el momento de presentar la solicitud, no ocupa plaza ni obtiene recursos o medios del dispositivo de emergencia de la Secretaría de Estado de Migraciones para atender a personas desplazadas ni de ninguno de los programas que forman parte del itinerario de acogida; se compromete a comunicar a la Dirección General de Políticas Migratorias cualquier modificación de los requisitos necesarios para obtener la subvención: cualquier cambio relativo al estatuto de protección temporal, al municipio de empadronamiento actual, al incremento de medios económicos o a la obtención recursos y/o medios de los itinerarios de acogida estatales.
- Autorización firmada, para que el Departamento de Políticas Migratorias y Justicia pueda consultar directamente la vida laboral de la persona beneficiaria en las bases de datos correspondientes de la Seguridad Social, y para que comunique los datos identificativos de la persona destinataria final de la ayuda al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones al objeto de justificar la subvención concedida.
- Solicitud de abono por transferencia, que se encuentra disponible en este enlace.
¿Dónde se puede presentar la solicitud de ayuda junto con la documentación?
- De forma telemática: a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra, dirigidas a la Dirección General de Políticas Migratorias del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia. Para hacerlo de forma telemática es necesario disponer de certificado digital. Se enviará la solicitud y la documentación escaneada en documentos separados.
- De forma presencial: En las oficinas de Registro y atención ciudadana del Gobierno de Navarra y en las oficinas que aparecen en los documentos adjuntos. La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Políticas Migratorias del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia. Para aclarar dudas se atenderá presencialmente en las oficinas de la Avenida Roncesvalles 4 de Pamplona.