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Economía

¿Tengo que declarar lo que vendo en Wallapop o en Vinted?

Desde este año, se debe tributar por los ingresos obtenidos en plataformas digitales si se superan unos límites
Las aplicaciones para teléfonos móviles de Wallapop y Vinted.
Las aplicaciones para teléfonos móviles de Wallapop y Vinted.

La venta de productos de segunda mano no es nueva; siempre se ha hecho con los pisos, los coches o, por ejemplo, unos esquís. También desde hace décadas ha habido tiendas físicas para la compraventa de bienes usados, ya fueran vehículos, ropa o electrodomésticos.

El auge de las plataformas on line

Pero en los últimos años lo que ha despuntado de verdad han sido las tiendas on line de venta de productos de segunda mano, especialmente de ropa y complementos. La necesidad de obtener un dinero extra por prendas que ya no usamos o que ni siquiera hemos llegado a estrenar o el interés por hacer un poco de sitio en el armario (quizá para poder comprar más), unidos a la moda por las prendas vintage, a la búsqueda de ropa más barata para quien no tiene un gran presupuesto o incluso a una mayor conciencia ecológica han llevado a que plataformas digitales y aplicaciones como Wallapop o Vinted se hayan hecho un importante hueco en los dispositivos de millones de usuarios.

Y aunque la mayoría de ellos realiza pequeñas ventas hay quien se deshace de numerosos productos que tiene por casa y acaba ingresando una interesante cantidad de dinero. Unas transacciones que hasta ahora no tenían ningunas consecuencias en la declaración de la renta, pero que desde este año sí pueden tenerlas. ¿Hay que declarar los ingresos que obtenemos a través de Wallapop o de Vinted? En la mayoría de los casos no, pero en algunos sí si no queremos tener una sorpresa negativa en nuestro historial como contribuyentes.

La novedad en la campaña de la Renta 2023-24

La campaña de la Renta 2023-24, que lleva ya unas cuantas semanas en marcha, incluye una importante novedad al respecto, ya que el Gobierno español ha requerido a los operadores de estas plataformas digitales (también a otras empresas como Airbnb) que informen sobre los vendedores que lleven a cabo anualmente más de 30 operaciones de venta de productos cuya suma total supere los 2.000 euros.

Es decir, la gran mayoría de los usuarios de estas plataformas podrán seguir como hasta ahora, sin declarar los ingresos que consigan con sus ventas de productos de segunda mano, y no se verán afectados por esta nueva normativa, nacida a partir de la transposición de la directiva europea UE 2021/514, conocida como DAC 7, que pretende reforzar la colaboración entre los países europeos en materia de fiscalidad de la economía digital.

Informar sobre los datos del vendedor

A partir de ahora, las plataformas tendrán que remitir a Hacienda los datos de cada ejercicio en el mes de enero del año siguiente. Como la orden ministerial se publicó en el BOE el 5 de febrero, se ha establecido un plazo excepcional para el ejercicio 2023 de dos meses, hasta principios de abril, para que estas empresas informen sobre la identificación del vendedor, la contraprestación recibida, las tarifas del operador o las cuentas bancarias utilizadas.

Eso sí, como queda dicho quedarán exentas de esa comunicación todas las personas que no cumplan la doble condición de haber efectuado más de 30 ventas en el último ejercicio y haber obtenido con ellas más de 2.000 euros en total. Wallapop calcula que menos del 1% de sus 19 millones de usuarios tendrán que tributar por sus ventas.

La diferencia clave entre ingresos y beneficios

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En general la venta de productos de segunda mano realizada por particulares está exenta de tributar por el IRPF, ya que se entiende que con ella se obtienen unos ingresos pero no unos beneficios, al vender por debajo del precio de compra, con lo que no se produce un incremento patrimonial.

Una situación distinta sería que ese particular utilizara Wallapop o Vinted para vender un bien por encima de su precio de coste: en ese caso sí debería tributar. Lo mismo que sucede con empresas que utilizan estas plataformas como un punto de venta más de sus productos (a su precio habitual) para intentar llegar a más clientes. En ambos casos los vendedores sí tendrán que informar a Hacienda sobre sus operaciones realizadas si superan las 30 ventas anuales y los 2.000 euros ingresados.

2024-04-29T08:29:11+02:00
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