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¿Tienes dudas sobre la prestación de baja por menstruaciones dolorosas?

Mañana, 1 de junio, las mujeres que sufren menstruaciones que les incapacitan para trabajar cobrarán la prestación de baja "desde el primer día", aunque no el 100% del sueldo
¿Tienes dudas sobre la prestación de baja por menstruaciones dolorosas?
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03:43

Las mujeres con dolor menstrual intenso e incapacitante podrán solicitar la baja médica desde mañana, 1 de junio. Una normativa que llega con algunas novedades, que generan dudas, pero que mantiene el procedimiento para solicitar esa baja. En Onda Vasca, hemos tratado de resolver las dudas más recurrentes, con la ayuda de Ignacio Jaurrieta, abogado de Montes & Asociados.

¿Cómo debo solicitar la baja médica en caso de menstruación dolorosa?

El primer paso, como en el caso de una enfermedad común, es acudir al médico de cabecera. Según explica Jaurrieta, "para acogerse a la baja será necesaria la constatación del médico de cabecera, como en cualquier otra enfermedad común". 

Por tanto, el procedimiento es el mismo que con cualquier tipo de enfermedad. "Básicamente aquellas mujeres que tengan impedimentos -la ley habla de menstruaciones incapacitantes- acudirán a su médico de cabecera y, si este considera que está en esa situación, remitirá la baja pertinente".

Y añade que "anteriormente, este tipo de padecimientos que tenían muchas mujeres por estas menstruaciones especialmente dolorosas, en la práctica se traducía en una baja por enfermedad común, normal y corriente. Ahora lo que hace el legislativo es introducir una modificación, una especialidad, que viene a confirmar lo que se encontraba previamente. Y, efectivamente, aquellas personas que sufran continuas recaídas contarán con las supervisiones pertinentes por parte de las autoridades."

¿Cuándo y cuánto cobraré de prestación por este tipo de baja?

La mayor diferencia con una baja por enfermedad común, es que en este caso las mujeres con menstruaciones dolorosas e incapacitantes comenzarán a cobrar la prestación desde el primer día. Aunque no percibirán el 100% del sueldo.

Tal y como afirma Ignacio Jaurrieta, "yo creo que aquí hubiera sido bueno matizarlo. No se hace un establecimiento concreto. En la ley aparece que, como enfermedad común que es, en principio nos iríamos a la normativa general y, por tanto, se aplicaría un 60% de la base reguladora. Sí que es cierto que hay una matización importante y es que con este tipo de baja las mujeres comenzarán a cobrar desde el primer día a diferencia del resto de enfermedades comunes que comenzarían a cobrar el día 4".

¿Cuántas veces puedo pedir la baja por menstruación dolorosa?

Teniendo en cuenta que esta situación es algo que puede ocurrir todos los meses, la duda aparece en cuántas veces se puede solicitar este tipo de baja médica. El abogado Ignacio Jaurrieta nos ha aclarado que no existe un límite y que "aquellas mujeres que sufran dolores cíclicos, que sean continuos y que se reproduzcan mes a mes, como otras personas que, por el motivo que sea, sufren lesiones continuas, tendrán derecho a acudir a su médico y que se les emita la baja pertinente. No hay una limitación a este respecto. De hecho, yo creo que si lo hubiera sería atentar contra la idea básica de nuestro estado de bienestar".

31/05/2023