Actualizado hace 10 minutos
La Dirección General de Trabajo ha emitido este jueves un criterio interpretativo en el que expone que la derogación de la vigencia del salario mínimo, que decayó ayer en el Congreso, no afecta a los salarios vigentes ni a las nuevas contrataciones.
Según ha informado el Ministerio de Trabajo este jueves, este criterio determina que, hasta que se fije un nuevo valor para el SMI de 2025, las nuevas contrataciones no deben tomar como referencia un salario mínimo inferior al de 2024, es decir que deben cumplir con ese mínimo legal de 1.134 euros brutos al mes en 14 pagas.
La desaparición abrupta de la prórroga, añaden, no afecta tampoco a los salarios vigentes, por entender que se trata de un salario ya contractualizado, por lo que debe seguir abonándose sin cambios en esa cuantía mínima.
Inspección de Trabajo vigilará su "cumplimiento estricto"
La Inspección de Trabajo, inciden, vigilará que las personas trabajadoras reciban puntualmente la remuneración pactada y verificará el "cumplimiento estricto" de esta obligación empresarial.
Además de dictar esta instrucción, el Ministerio de Trabajo ya ha avanzado que quiere acelerar la aprobación del salario mínimo para 2025, que se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero. La prórroga del salario mínimo es habitual mientras se fija la nueva cuantía y era una de las medidas incluidas en el real decreto ley 'ómnibus' que cayó ayer en el Congreso con los votos en contra de PP, Vox y Junts.