Hoy, 25 de mayo, es el último día para ejercer el derecho a voto por correo para las elecciones municipales y forales del 28 de mayo. Por tanto, toda aquella persona que no pueda acudir a la cita electoral y quieran ejercer su derecho a voto, tienen hasta hoy para ejercerlo.
Para realizar el voto por correo, será necesario introducir en un sobre la papeleta elegida y el certificado de inscripción en el censo electoral. A continuación, tendrá que ser enviado por correo certificado a la mesa electoral correspondiente.
El voto por correo se puede solicitar de forma telemática o en las oficinas de manera presencial:
Solicitud telemática
Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su personalidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
Solicitud de voto en oficinas
La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos del Estado. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.
Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
Eso sí, es importante saber que una vez solicitado el voto por correspondencia no se podrá votar personalmente en la Mesa electoral.